MP C/ JUAN ANTONIO DAINE VENEGAS
Rol
Fecha
4 de agosto de 2025
Materia
ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR.
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a la vista del recurso, compartiendo lo razonado por el juez a quo y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución dictada en audiencia de 3 de agosto del año en curso, en causa R.I.T. 5952-2025 del Juzgado de Garantía de Curicó, en cuanto no impuso la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Juan Antonio Daine Venegas. Se previene que la Ministra doña Jeannette Valdés Suazo, concurre a la confirmatoria que precede, teniendo únicamente presente que se informó por el Ministerio Público que respecto del imputado de que se trata, se dispuso la medida cautelar de prisión preventiva por peligro de fuga en causa diversa. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Leonardo Mazzei Parodi, quien estuvo por revocar la resolución apelada e imponer la prisión preventiva respecto del imputado Daine Venegas, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad y circunstancias del ilícito investigado. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol 1097-2025/Penal.
Texto Completo (Preview)
Talca, cuatro de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a la vista del recurso, compartiendo lo razonado por el juez a quo y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución dictada en audiencia de 3 de agosto del año en curso, en
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