2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

TARRÉS/TARRÉS

Rol

Fecha

4 de agosto de 2025

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes que obran en la causa y la relación efectuada en la misma, estimándose que la recurrente no dio cumplimiento a lo ordenado por el tribunal a quo mediante resolución de fecha 26 de febrero de 2025 en orden proceder con la notificación de la medida prejudicial precautoria solicitada conforme lo establecido en el artículo 302 del Código de Procedimiento Civil, no siendo procedente lo alegado por dicha parte en orden a una supuesta notificación de la recurrida en base a lo establecido en el artículo 55 del citado cuerpo legal, toda vez la actuación efectuada por aquella va en la línea de hacer efectivo el apercibimiento cursado en su oportunidad; y teniendo en consideración lo previsto los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la decisión en alzada de fecha diecinueve de marzo de dos mil veinticinco dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt. No firma el Fiscal Judicial (S) don Rodolfo Maldonado Mansilla, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por haber cesado en su cometido funcionario. Regístrese y devuélvase. ROL CIVIL N° 416-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cuatro de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: El mérito de los antecedentes que obran en la causa y la relación efectuada en la misma, estimándose que la recurrente no dio cumplimiento a lo ordenado por el tribunal a quo mediante resolución de fecha 26 de febrero de 2025 en orden proceder con la notificación de la medida prejudicial precautoria solicitada conforme lo establecido e

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