SERVIU METROPOLITANO/ACUM. I.C. N°2865-2025
Rol
Fecha
4 de agosto de 2025
Materia
EXPROPIACIÓN, ACCIÓN INDEMNIZATORIA ART.35 INC. FIN D.L.2186
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, a excepción de los apartados segundo y tercero del basamento décimo cuarto los cuales se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que con arreglo a lo dispuesto en los artículos 19 N° 24 de la Carta Fundamental y 38 del Decreto Ley N° 2186 de 1978, la acción de reclamación – como la intentada en estos autos - requiere para su procedencia que el expropiado haya efectivamente sufrido un daño patrimonial que sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación soportada. De consiguiente, debe descartarse para la determinación del valor definitivo la mera posibilidad de un futuro desarrollo económico del sector correspondiente al del terreno expropiado. En la especie, el predio de que se trata fue expropiado para el Fisco de Chile mediante Resolución Exenta N°5739, del Serviu Región Metropolitana, de fecha 22 de noviembre de 2016, que dispuso la expropiación parcial del inmueble individualizado como Lote N°294-B, ubicado en Independencia Nº3604, comuna de Conchalí, en una superficie aproximada de 8.16 metros cuadrados, para la ejecución de la obra denominada “Habilitación Corredor de Transporte Público Independencia”, comuna de Conchalí, Región Metropolitana. Segundo: Que la parte demandante sostuvo como fundamento de la acción que la suma pagada en su oportunidad por Serviu por concepto de valor del terreno expropiado correspondió a un menor valor de aquel que debía pagársele a título de indemnización, solicitando su incremento en los términos indicados en su libelo. En este sentido, sostiene la demandante que no ha sido indemnizada correcta y completamente por la expropiación sufrida, de acuerdo al valor real que tendría el inmueble expropiado, las obras complementarias existentes en el mismo y las proyecciones económicas por las utilidades y arriendo de la oficina, atendido el valor de los descuentos y referenciales utilizados por la Comisión Tasadora, por lo que estima que el monto provisional f
Fundamentos
considerando décimo cuarto del
Fallo
fallo que se analiza, la Comisión de Peritos designada en su oportunidad, tasó el inmueble a expropiar, cuya superficie era de 56,77 metros cuadrados, que incluye los 8,16 metros cuadrados del local; 40,00 metros cuadrados de excedente por daño de expropiación Departamento y 8,61 metros cuadrados por el balcón, en la suma total de $35.278.750, lo que significa que valorizó el metro cuadrado en $625.000 por el local y $375.000 en el caso del balcón, y para efectos de fijar el valor aplicable en este caso observó las particularidades específicas del lote, como localización, normativa urbanísitca y vocación de uso entre otras características. Así, se observa que, para estimar el valor del lote, la comisión tasadora utilizó el método de valor de mercado, recopilando y analizando una muestra de propiedades referenciales, ubicadas en sectores cercanos al de tasación y con características comparables, actualizando los montos de transacción, utilizando la variación de la Unidad de Fomento, entre la fecha de la compra y la elaboración del informe. Valor expresado que fue pagado a la actual reclamante. Cuarto: Que, por su parte, en orden a establecer el real valor de los terrenos expropiados, a la luz de lo expresado en el fundamento primero ut supra, se rindió por la parte demandante la prueba pericial relacionada en el considerando décimo cuarto del fallo en alzada, que concluyó que el real daño patrimonial sobre el ítem Edificación a locales alcanzaría la suma de $43.817.557, a lo
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Santiago, cuatro de agosto de dos mil veinticinco.- Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, a excepción de los apartados segundo y tercero del basamento décimo cuarto los cuales se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que con arreglo a lo dispuesto en los artículos 19 N° 24 de la Carta Fundamental y 38 del Decreto Ley N° 2186 de 1978, la acción de reclamación – como l
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