2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

DÍAZ/ANGUITA

Rol

Fecha

4 de agosto de 2025

Materia

ART. 19 Nº 4 CPR. VIDA PRIVADA Y HONRA

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Por sentencia dictada con fecha dieciséis de enero de dos mil veinticinco, en causa RIT T-907-2024, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se rechazó la denuncia por tutela laboral de derechos fundamentales y, la demanda subsidiaria por despido injustificado interpuesta por don Jorge Andrés Díaz González en contra de Comercializadora Liquimarket Limitada, con costas por la suma de $1.500.000. Contra dicho fallo recurrió la parte denunciante, don Jorge Andrés Díaz González, mediante su abogado patrocinante, interponiendo recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta a las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que el recurso de nulidad interpuesto por la denunciante se funda en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Sostiene el recurrente que el tribunal a quo otorgó valor excesivo y acrítico a los testimonios de la parte denunciada, que considera parcializados, sin ponderar debidamente las contradicciones internas, la ausencia de registros objetivos -como grabaciones de cámaras de seguridad-, y desatendiendo las máximas de la experiencia que deben presidir el juicio probatorio. Afirma que ello impidió reconocer que el despido se trató de una represalia por las denuncias formuladas por el trabajador ante la Inspección del Trabajo, lo que en su concepto acredita el carácter lesivo del despido. Indica que también se afecta la carga probatoria estatuida en el artículo 493 del Código del Trabajo, al no aplicar la regla de juicio que impone al empleador la carga de justificar objetivamente la desvinculación del trabajador cuando existen indicios suficientes de vulneración de derechos fundamentales, como ocurre en la especie. Señala que tales omisiones e infracciones normativas influyeron sustancialmente en lo dispositivo del fallo, al desestimar tanto la denuncia por tutela como la demanda subsidiaria por despido injustificado y condenar al trabajador al pago de costas personales. Solicita se acoja el recurso, se invalide la sentencia definitiva y, dictando sentencia de reemplazo, se acojan: 1) la denuncia de tutela de derechos fundamentales, 2) subsidiariamente, la demanda de despido injustificado, y 3) se deje sin efecto la condena en costas impuesta al actor. Segundo: Que el

Fallo

fallo recurrió la parte denunciante, don Jorge Andrés Díaz González, mediante su abogado patrocinante, interponiendo recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta a las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que el recurso de nulidad interpuesto por la denunciante se funda en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Sostiene el recurrente que el tribunal a quo otorgó valor excesivo y acrítico a los testimonios de la parte denunciada, que considera parcializados, sin ponderar debidamente las contradicciones internas, la ausencia de registros objetivos -como grabaciones de cámaras de seguridad-, y desatendiendo las máximas de la experiencia que deben presidir el juicio probatorio. Afirma que ello impidió reconocer que el despido se trató de una represalia por las denuncias formuladas por el trabajador ante la Inspección del Trabajo, lo que en su concepto acredita el carácter lesivo del despido. Indica que también se afecta la carga probatoria estatuida en el artículo 493 del Código del Trabajo, al no

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Santiago, cuatro de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Por sentencia dictada con fecha dieciséis de enero de dos mil veinticinco, en causa RIT T-907-2024, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se rechazó la denuncia por tutela laboral de derechos fundamentales y, la demanda subsidiaria por despido injustificado interpuesta por don Jorge Andrés Díaz González en cont

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