15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

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Rol

Fecha

4 de agosto de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos el juez de la causa excede las facultades del artículo 441 y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de cinco de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-5450-2025 y, en su lugar se decide que un juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-7982-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, señora Elsa Barrientos Guerrero y el Abogado Integrante señor Luis Hernández Olmedo. En Santiago, cuatro de agosto de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se decide que un juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-7982-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, señora Elsa Barrientos Guerrero y el Abogado Integrante señor Luis Hernández Olmedo. En Santiago, cuatro de agosto de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de agosto de dos mil veinticinco. Al folio 6, estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos el juez de la causa excede las facultades del artículo 441 y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de cinco de mayo de dos mil veint

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