MP C/ MARÍA FABIOLA VEGA DEL RÍO
Rol
Fecha
4 de agosto de 2025
Materia
USURA. ART. 472.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación de la imputada en los mismos, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al delito de lavado de activos, carácter de los ilícitos imputados, bienes jurídicos protegidos y forma de comisión, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, sin que las alegaciones vinculadas a la situación de salud de la encausada permitan desvirtuar la necesidad de cautela antes referida. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintinueve de julio del año en curso, dictada en los autos RIT 363-2025, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago y, en su lugar, se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada María Fabiola Vega del Río. El juez a quo dispondrá lo pertinente para dar oportuno cumplimiento a lo ordenado. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N° 2530-2025 Penal
Fallo
se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada María Fabiola Vega del Río. El juez a quo dispondrá lo pertinente para dar oportuno cumplimiento a lo ordenado. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N° 2530-2025 Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cuatro de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 2530-2025 Penal Ruc: 2500213354-k RIT: 363-2025 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas y señora María Alejandra Rojas Contreras y Fiscal Judicial señor Jaime Salas Astráin Relator: Diego Muñoz Gaete Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Hernán Fernández Defe
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