MP C/ BECKAM ANTONIO SUAREZ DUARTE
Rol
Fecha
2 de agosto de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OÍDO: 1°) Que la defensa de los imputados, Richard Bryan Cornejo Chamorro, Beckam Antonio Suarez Duarte, Vicente Octavio Acuña Tamarin y Leonel Enrique Inostroza Utreras apela de la resolución de 25 de julio pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, que dispuso su prisión preventiva. Ellos fueron formalizados por el delito de robo con intimidación Los hechos dan cuenta que los cuatro imputados abordaron en alta mar al pesquero Don Julio, intimidando a la tripulación, abriendo sus bodegas y sustrayendo distintas especies de jurel, siendo detenidos por la Policía Naval, mientras huían. 2°) Que, en primer término, la defensa cuestiona los presupuestos materiales, discutiendo la calificación jurídica de los hechos motivo de la formalización, postulando la existencia de un hurto, por cuanto la sustracción de las especies se produce en la cubierta de la nave, sin violencia y sin intimidación. Sobre el particular, el Ministerio Público ha expuesto la existencia de al menos tres declaraciones de miembros de la tripulación que refieren el obrar agresivo y violento de los imputados, quienes obran con el rostro cubierto, .y la forma como se materializa la intimidación, con descripción de los elementos utilizados con tal objetivo, todo lo cual permite sostener hasta ahora, concurrentes los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 3°) Que, en cuanto a la necesidad de cautela, es preciso considerar, la concurrencia de varios de los presupuestos objetivos que contempla la letra c) de la norma legal referida para configurar el peligro para la seguridad de la sociedad e imponer la medida cautelar mas gravosa. En efecto, el delito por el que fueron formalizados tiene asignada una pena de crimen y han obrado en grupo o pandilla. Asimismo Cornejo Chamorro, tiene causa vigente por abuso sexual, donde se encontraba con cautelar de arresto domiciliario total que estaba incumpliendo; Acuña Tamarin e Inostroza Utreras, registran
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140 y 149, del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia de veinticinco de julio pasado, por el Juzgado de Garantía de Coronel, que dispuso la prisión preventiva para Richard Bryan Cornejo Chamorro, Beckam Antonio Suarez Duarte, Vicente Octavio Acuña Tamarin y Leonel Enrique Inostroza Utreras. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-1205-2025.
Texto Completo (Preview)
DED/ari C.A. de Concepción Concepción, dos de agosto de dos mil veinticinco. VISTO Y OÍDO: 1°) Que la defensa de los imputados, Richard Bryan Cornejo Chamorro, Beckam Antonio Suarez Duarte, Vicente Octavio Acuña Tamarin y Leonel Enrique Inostroza Utreras apela de la resolución de 25 de julio pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, que dispuso su prisión preventiva. Ellos fueron for
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