KENOLD DIEULIPHETE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
2 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ORDEN DE INGRESO PROTECCIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales que se encuentren protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y, se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Protección” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Déjese constancia del nuevo rol de ingreso de protección, en estos autos. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de protección. Informe el recurrido: Servicio Nacional de Migraciones, dentro del plazo de ocho días, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido, bajo apercibimiento de prescindir del informe solicitado y resolver con el mérito de los antecedentes que obren en autos. Acompáñese copia de las piezas pertinentes. Requiérase por la vía más expedita. Al primer otrosí: Habiendo sido incorporados los documentos a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al segundo otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Al tercer otrosí: No ha lugar por ahora, sin perjuicio de lo que pueda resolver la sala que conozca del asunto. Acordado con el voto en contra la Ministra Sra. Donoso, quien fue del parecer de mantener la tramitación del presente ingreso como amparo. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Amparo-2650-2025.
Texto Completo (Preview)
ecv C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de agosto de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio N° 1 Ingreso recurso: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales que se encuentren protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y, se ordena aperturar un nuev
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