MARTA XIMENA HERNANDEZ CARRASCO CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION
Rol
Fecha
1 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada. Y SE TIENE ADEMÁS PRESENTE: 1°) Que, por sentencia de 15 de julio de 2023, del Segundo Juzgado Civil de Concepción en autos Rol 2168-2021, se dio lugar a la demanda de indemnización de perjuicios deducida por doña Marta Ximena Hernández Carrasco, en contra de la I. Municipalidad de Concepción, condenando a esta última al pago de la suma de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) por concepto de indemnización de perjuicios por daño moral, rechazándola en lo demás. No condena en costas a la parte demandada por no haber resultado vencida totalmente. De la antedicha sentencia, apelan ambas partes. 2°) Que la demandada, se alza solicitando en lo principal, la revocación del fallo y el rechazo de la demanda en todas sus partes, y en subsidio, se rebaje el monto de la indemnización a la cantidad que se estime pertinente en conformidad al mérito de autos, sin costas. Aduce muy sucintamente, que la prueba presentada por la demandante no logró acreditar de forma fehaciente la ocurrencia del accidente, sus circunstancias precisas, el supuesto mal estado de la vereda, o el nexo causal entre esta condición y la caída. Arguye que los testimonios presentados por la demandante son en su mayoría de oídas, carecen de un fundamento claro, contradiciendo incluso la prueba documental que demostraría que el lugar estaba debidamente señalizado o reparado. Acusa que el juez del a quo apreció erróneamente la prueba, al otorgar valor de plena prueba a testimonios que no lo merecen. Plantea la inexistencia de un nexo causal directo, sugiriendo que las preexistencias médicas de la demandante (Polimiositis y Miositis), no fueron consideradas como un posible origen de la caída. Agrega, que no se consideró el hecho público y notorio del deterioro de las calles de Concepción debido al estallido social desde octubre de 2019, un factor que, a juicio del recurrente, debería haber influido en el estándar del servicio exigible y en la valoración de la s
Fallo
fallo en alzada. Y SE TIENE ADEMÁS PRESENTE: 1°) Que, por sentencia de 15 de julio de 2023, del Segundo Juzgado Civil de Concepción en autos Rol 2168-2021, se dio lugar a la demanda de indemnización de perjuicios deducida por doña Marta Ximena Hernández Carrasco, en contra de la I. Municipalidad de Concepción, condenando a esta última al pago de la suma de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) por concepto de indemnización de perjuicios por daño moral, rechazándola en lo demás. No condena en costas a la parte demandada por no haber resultado vencida totalmente. De la antedicha sentencia, apelan ambas partes. 2°) Que la demandada, se alza solicitando en lo principal, la revocación del fallo y el rechazo de la demanda en todas sus partes, y en subsidio, se rebaje el monto de la indemnización a la cantidad que se estime pertinente en conformidad al mérito de autos, sin costas. Aduce muy sucintamente, que la prueba presentada por la demandante no logró acreditar de forma fehaciente la ocurrencia del accidente, sus circunstancias precisas, el supuesto mal estado de la vereda, o el nexo causal entre esta condición y la caída. Arguye que los testimonios presentados por la demandante son en su mayoría de oídas, carecen de un fundamento claro, contradiciendo incluso la prueba documental que demostraría que el lugar estaba debidamente señalizado o reparado. Acusa que el juez del a quo apreció erróneamente la prueba, al otorgar valor de plena prueba a testimonios que no lo mer
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Concepción, uno de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada. Y SE TIENE ADEMÁS PRESENTE: 1°) Que, por sentencia de 15 de julio de 2023, del Segundo Juzgado Civil de Concepción en autos Rol 2168-2021, se dio lugar a la demanda de indemnización de perjuicios deducida por doña Marta Ximena Hernández Carrasco, en contra de la I. Municipalidad de Concepción, condenando a
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