C/ EDUARDO MIGUEL ALBORNOZ SEPULVEDA
Rol
Fecha
1 de agosto de 2025
Materia
APROPIACION INDEBIDA ART.470 N?1
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, teniendo presente que no existe controversia respecto de la procedencia jurídica de lo solicitado por la representante de la Defensoría Penal Pública en estrados y constatándose que en los hechos no se cumplen los presupuestos establecidos en el artículo 27 de la Ley 18.216, por cuanto dicha norma requiere para la revocación de una pena sustitutiva concedida que durante el tiempo de vigencia de la misma se cometa un nuevo delito y en la presente causa, lo cierto es que los hechos por los cuales se genera una nueva condena no son hechos cometidos durante el periodo de cumplimiento de la pena alternativa, SE REVOCA en lo apelado, la resolución de fecha veintiocho de mayo de dos mil veinticinco dictada por la Jueza Sra. Marcia Patricia Castillo Monjes del Juzgado de Garantía de Temuco, que revocó la pena sustitutiva que se le había otorgado al sentenciado y en su lugar, se resuelve que se mantiene la pena alternativa de reclusión parcial intensificada que se le había concedido, en su oportunidad, al penado Eduardo Miguel Albornoz Sepúlveda. Conforme lo resuelto, el Tribunal A Quo deberá dar cumplimiento a los trámites administrativos relevantes para los efectos de permitir que el condenando prosiga en el cumplimiento de la pena sustitutiva inicialmente impuesta y si procediere, ordene las cancelaciones respectivas. Agréguese a la carpeta digital y comuníquese lo resuelto al Tribunal A Quo. Rol N° Penal-698-2025.(jog)
Fallo
se resuelve que se mantiene la pena alternativa de reclusión parcial intensificada que se le había concedido, en su oportunidad, al penado Eduardo Miguel Albornoz Sepúlveda. Conforme lo resuelto, el Tribunal A Quo deberá dar cumplimiento a los trámites administrativos relevantes para los efectos de permitir que el condenando prosiga en el cumplimiento de la pena sustitutiva inicialmente impuesta y si procediere, ordene las cancelaciones respectivas. Agréguese a la carpeta digital y comuníquese lo resuelto al Tribunal A Quo. Rol N° Penal-698-2025.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, uno de agosto de dos mil veinticinco. Al folio N° 6 y N° 7: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, teniendo presente que no existe controversia respecto de la procedencia jurídica de lo solicitado por la representa
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