JUZGADO DE GARANTIA DE TALCA

MP C/ BRYAN PATRICIO REYES ARAYA

Rol

Fecha

1 de agosto de 2025

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.

Resultado

REVOCADA/COMUNICAR

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Hechos

Visto: Teniendo en especial consideración la pena asociada al delito por el que fue formalizado Bryan Patricio Reyes Araya, que parte en un tramo de aquellas asociadas a los simples delitos, lo que torna feble la necesidad de cautela, que debe tener una entidad superior para mantener al imputado privado de libertad, máxime si en la audiencia de control de detención el juzgador ordenó a su respecto una caución económica; estimándose, además, que no puede ser óbice a la dictación de una medida cautelar de aquellas establecidas en el artículo 155 del Código Procesal, la circunstancia que, de acuerdo lo señalado por su defensa, viva en situación de calle, por lo que se considera que los fines del procedimiento y el aseguramiento del imputado a las actuaciones del procedimiento se puede obtener con la cautelar dictada por el juez de garantía, esto es, la establecida en la letra d) de la disposición singularizada, la que se mantendrá de la forma en que se dirá a continuación. Por lo anterior y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de veinticuatro de julio de dos mil veinticinco, inserta en la carpeta virtual RIT 9044-2025 del Juzgado de Garantía de Talca, que decretó la prisión preventiva al imputado respecto del imputado Bryan Patricio Reyes Araya, ordenando, en su lugar, la medida cautelar establecida en el artículo 155 letra d) del Código Procesal Penal. Acordada con el voto en contra del ministro don Gerardo Bernales Rojas, quien fue del parecer de confirmar la presente resolución en virtud de sus propios fundamentos, en especial, que se trata de una persona cuyos antecedentes (robo en lugar habitado, dos robos en lugar no habitado, robo con violencia, pena este último cumplida el 16 de diciembre de 2024), su situación de calle, el haber sido sorprendido en delito flagrante, permiten estimar que su conducta es refractaria al sistema y, por lo mismo, result

Texto Completo (Preview)

Talca, uno de agosto de dos mil veinticinco. Visto: Teniendo en especial consideración la pena asociada al delito por el que fue formalizado Bryan Patricio Reyes Araya, que parte en un tramo de aquellas asociadas a los simples delitos, lo que torna feble la necesidad de cautela, que debe tener una entidad superior para mantener al imputado privado de libertad, máxime si en la audiencia de control

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