MP.C/ MATÍAS BENJAMÍN RUBILAR BRIONES.
Rol
Fecha
1 de agosto de 2025
Materia
RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que, del mérito de lo expuesto en audiencia, se desprende que no existen antecedentes que permitan variar las circunstancias que se tuvieron en consideración en su oportunidad para imponer la medida cautelar de prisión preventiva. En efecto, en este estadio procesal, se encuentran acreditados los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación. En cuanto al delito de receptación de vehículo, cabe consignar que no es solo quien lo conduce el autor de dicho ilícito, dado que lo sustancial es que los autores se encuentren con la especie en su poder. En cuanto a la necesidad de cautela, se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, atendida la naturaleza, gravedad y carácter de los delitos, su multiplicidad, forma de comisión de éstos, bienes jurídicos afectados y la posible pena a imponer, así como su eventual forma de cumplimiento. Especialmente ha de considerarse que se trata de delitos de receptación, uno de vehículo motorizado que fue robado dos días antes de su detención; y otro de un arma de fuego, elemento este último que fue modificado, con sus municiones. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma a resolución apelada dictada en audiencia de veinticinco de julio en curso, en los autos RIT 3050-2025, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva Matías Benjamín Rubilar Briones. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2510-2025 Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: a uno de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 2510-2025 RIT: 3050-2025 Ruc: 2500890979-5 Tribunal: 11° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): Nicole Bustos Maulén Abogado asesor del Ministerio Público: Darío Sanhueza de la Cruz Defensora privada: Stephanie Andrea Carvajal Ponce Imputado: Matías Benjamín Rubilar Briones Tipo de Recurso: Apelación- cautelar Delito: Re
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