MP C/ DANTE SIMON CAROCA ESPARZA
Rol
Fecha
1 de agosto de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes proporcionados en estrados por los comparecientes, los argumentos señalados en el audio disponible al efecto y compartiendo los
Fundamentos
fundamentos del juez a quo en la decisión recurrida, se confirma la resolución en alzada de fecha treinta de julio de dos mil veinticinco, dictada por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, que sustituyó la causal de la medida cautelar de prisión preventiva, por la de peligro de fuga, fijando caución de un millón de pesos, respecto del imputado Dante Simón Caroca Esparza. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro (s) señor De la Noi, quien estuvo por revocar la resolución apelada y mantener la prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de los hechos investigados, la pena asignada y la no concurrencia por ahora de arraigo del imputado, por encontrarse en situación de calle al momento de su detención lo que parece no haber cambiado. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, uno de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-3880-2025 Ruc: 2400220064-K Rit : O-835-2025 Juzgado: 2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relatora: Consuelo Escobar Digitadora: Ca
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica