JUZGADO DE GARANTIA DE IQUIQUE

FISCALIA IQQ C/ MICHAEL ALEJANDRO AMAYA CONTRERAS

Rol

Fecha

1 de agosto de 2025

Materia

TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

hechos que permitió determinar la patente del vehículo, aparecen elementos suficientes para justificar la existencia del delito y presumir fundadamente la participación del imputado, desde que estos conducen a ubicar al encausado en el lugar de los hechos y que intervino en el desarrollo de los mismos, y considerando, además, que la medida cautelar aplicada por el tribunal a quo resulta acorde a la necesidad de cautela de la especie, dada la naturaleza y gravedad de la pena asignada al delito, unido a lo establecido en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, de veinticinco de julio pasado, que decretó la prisión preventiva del imputado Bayron Luis Alexis Valdivia Guerra. Devuélvase. Rol N°570-2025 Penal.

Fundamentos

fundamentos de la resolución recurrida, los antecedentes investigativos reunidos hasta ahora, constituidos esencialmente por el parte policial, informe de concurrencia N°243 del OS9 de Carabineros, informe pericial balístico N°212-4-2025, y video de los hechos que permitió determinar la patente del vehículo, aparecen elementos suficientes para justificar la existencia del delito y presumir fundadamente la participación del imputado, desde que estos conducen a ubicar al encausado en el lugar de los hechos y que intervino en el desarrollo de los mismos, y considerando, además, que la medida cautelar aplicada por el tribunal a quo resulta acorde a la necesidad de cautela de la especie, dada la naturaleza y gravedad de la pena asignada al delito, unido a lo establecido en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, de veinticinco de julio pasado, que decretó la prisión preventiva del imputado Bayron Luis Alexis Valdivia Guerra. Devuélvase. Rol N°570-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

Iquique, uno de agosto de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO y teniendo presente, los fundamentos de la resolución recurrida, los antecedentes investigativos reunidos hasta ahora, constituidos esencialmente por el parte policial, informe de concurrencia N°243 del OS9 de Carabineros, informe pericial balístico N°212-4-2025, y video de los hechos que permitió determinar la patente del vehículo, apare

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