CORTEZ/JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE MEJILLONES (APELACIÓN ROL: 287-2025)
Rol
Fecha
31 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Juan Álvaro Salas Santander, abogado, por el apelado en autos caratulados “CORTEZ CON LAFERTE”, sobre tutela de derechos fundamentales, en subsidio despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones en procedimiento laboral RIT T-12-2025, del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones, rol de ingreso en alzada N°287-2025, quien dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 04 de julio de 2025, que concedió la apelación interpuesta por la parte contraria, en circunstancias que no debió concederse, solicitando se acoja el presente recurso y se declare inadmisible dicho recurso, con costas. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente funda su presentación indicando que mediante la resolución impugnada en autos, el juez a quo concedió la apelación subsidiaria de un recurso de reposición interpuesto por la parte contraria. Alega que, la resolución en discusión se trata de una sentencia interlocutoria de las que la doctrina ha identificado como de segundo grado, a saber, aquellas que resuelven un incidente sin establecer derechos permanentes a favor de las partes o que debe de servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria. Sostiene que, a lo anterior, se debe sumar la norma especial preceptuada en el Código del Trabajo en sus artículos 474 y 476, los cuales cita, para concluir que la resolución impugnada por el apelante corresponde a una resolución que falla un incidente del juicio que no establece derechos permanentes a favor de las partes. SEGUNDO: Que, del examen del expediente que se tiene a la vista, ingresado a esta Iltma. Corte bajo el Rol Laboral -Cobranza N°287, se desprende que aquél se refiere a un recurso de apelación deducido subsidiariamente por la parte demandada en contra de la resolución pronunciada el 30 de junio de 2025 por el Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones, que rechazó sin costas el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento deducido por la demandada Minera HMC S.A., representada por el abogado Paulo Sepúlveda Prieto, con fecha 16 de junio de 2025. Que, según se extrae del expediente seguido en primera instancia, consta que la audiencia preparatoria se celebró el 12 de junio del año en curso, y que la audiencia de juicio se encuentra fijada para el día 20 de septiembre de 2025. TERCERO: Que, en el contexto descrito, y sin perjuicio de los fundamentos esgrimidos por el recurrente en su presentación, lo cierto es, que a través el artículo 476 del Código del Trabajo, el legislador ha sido claro en limitar la procedencia de dicho medio de impugnación en materia laboral, únicamente al caso de las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones en beneficios de seguridad social. CUARTO: Que, tal como se ha venido razonando, del examen de los antecedentes vertidos en autos, aparece que la resolución apelada no se enmarca en ninguna de las calidades ni aborda las materias antes descritas; desde ahí, y como se dijo, existiendo una norma positiva vigente y aplicable al caso de marras, el recurso de apelación intentado subsidiariamente en contra de la resolución que rechazó el artículo de nulidad promovido por la parte demandada no resulta procedente, razón por la cual se acogerá el presente recurso de hecho, tal como se dispondrá en lo resolutivo de la presente sentencia.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 196 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE, sin costas, el recurso de hecho interpuesto por el abogado Juan Álvaro Salas Santander, en representación del demandante Juan Andrés Cortez Laferte, en contra de la resolución de fecha cuatro de julio de dos mil veinticinco, pronunciada en causa RIT T-12-2025 del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones y, en consecuencia, se declara que el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte demandada con fecha tres de julio del presente resulta inadmisible. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo y déjese copia en la causa ROL Laboral – Cobranza 287-2025. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 290-2025 (LAB-HECHO)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a treinta y uno de julio de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Juan Álvaro Salas Santander, abogado, por el apelado en autos caratulados “CORTEZ CON LAFERTE”, sobre tutela de derechos fundamentales, en subsidio despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones en procedimiento laboral RIT T-12-2025, del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones, rol de in
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