SIN INFORMACION

SANHUEZA BAEZA ALEXIS EDUARDO/ COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

31 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Karin Godoy Adasme, abogada defensora penal pública penitenciaria, en representación de Alexis Eduardo Sanhueza Baeza, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber denegado de forma arbitraria e ilegal el beneficio penitenciario de libertad condicional previsto en el Decreto Ley N°321. Expone que el interno, se encuentra cumpliendo condena en la causa RIT: 1327-2016 RUC: 1600143505-5 del Decimoprimer Juzgado de Garantía de Santiago, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por el delito de robo con intimidación, y quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio por robo por sorpresa. El amparado registra como fecha de inicio de condena el once de febrero de dos mil dieciséis, con fecha de término el siete de agosto de dos mil veintisiete. Asimismo, cumple con el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional desde el ocho de octubre de dos mil veintitrés, habiendo registrado doce bimestres de "muy buena conducta", según información de Gendarmería de Chile. Por consiguiente, Gendarmería de Chile postuló a su representado para optar a la Libertad Condicional, cumpliendo con todos los requisitos legales y reglamentarios establecidos en el Decreto Ley N° 321. Argumenta el recurrente que la Comisión de Libertad Condicional rechazó la postulación de su representado por razones no contempladas en la ley y de forma arbitraria. En primer lugar, la resolución exige la resocialización completa del amparado antes de otorgar el beneficio, lo cual contraviene la Ley N° 21.124 que modifica el Decreto Ley N° 321, que establece que la libertad condicional es un medio de prueba de que la persona condenada ha demostrado "avances" en su proceso de reinserción social, y no su finalización. En segundo lugar, la recurrida basa su rechazo únicamente en el informe psicosocial de postulación, el cual, según el Reglamento del Decre

Fundamentos

fundamentos aparecen como razones suficientes para esta magistratura en orden a rechazar la acción de amparo deducida y que el recurrente continúe realizando actividades de reinserción social y su proceso de intervención, ya que los antecedentes que han sido acompañado a estos autos, y particularmente su nivel de riesgo, necesidades de intervención y características con potencial criminógeno del amparado, en conjunto justifican, por ahora, el rechazo del beneficio de libertad condicional solicitado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Alexis Eduardo Sanhueza Baeza, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese. N°Amparo-2881-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 6: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Karin Godoy Adasme, abogada defensora penal pública penitenciaria, en representación de Alexis Eduardo Sanhueza Baeza, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica