GONZALEZ/THAYER
Rol
Fecha
31 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y considerando. Primero: Que Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza y Francisca Chacón Miranda, abogados, recurren de protección en favor de Mariana Chiquinquirá Morales Briceño, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento respecto de su petición de residencia temporal, alegando vulneración de sus garantías constitucionales de los números 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política. Exponen que el 7 de junio de 2024 la extranjera, nacida el 7 de diciembre de 2003, presentó petición de residencia temporal, ampliando el 18 de junio de 2025 la solicitud, la que, al 14 de julio del presente año, permanece pendiente de resolución, sin que haya existido pronunciamiento formal ni notificación de inadmisibilidad o rechazo por parte del Servicio Nacional de Migraciones. Hacen presente que, previo a la solicitud de residencia, la recurrente fue objeto de un procedimiento sancionatorio por permanencia irregular, el que concluyó con la dictación de la Resolución Exenta No.24279788 de 5 de junio de 2024, que impuso una multa de $263.080, la cual fue efectivamente pagada el 8 de junio de 2024, dando cuenta de que se encuentra habilitada para optar al beneficio impetrado. Sostienen que esta omisión infringe los principios que informan el procedimiento administrativo, por lo que deviene en ilegal, por lo que, previas citas legales y jurisprudenciales, pide que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones a dictar una resolución fundada respecto de la solicitud de residencia temporal o se adopten las medidas que estime esta Corte más pertinentes para el debido resguardo de sus derechos constitucionales. Segundo: Que informa Roberto Ignacio Castillo Toro, abogado de la Dirección Regional de Coquimbo del Servicio Nacional de Migraciones, quien pide el rechazo del recurso, con costas, por infundado y temerario. Sostiene que el recurso ha perdido oportunidad, por cuanto, mediante Resolución Exenta 25368
Fallo
Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, la acción de protección interpuesta en favor de Mariana Chiquinquirá Morales Briceño en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N°1234-2025.- Protección.-
Texto Completo (Preview)
Morales Briceño, Mariana Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Protección Rol N°1234-2025.- La Serena, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco. Visto y considerando. Primero: Que Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza y Francisca Chacón Miranda, abogados, recurren de protección en favor de Mariana Chiquinquirá Morales Briceño, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional
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