1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

ROJAS/INSPECCION DEL TRABAJO SAN ANTONIO

Rol

Fecha

31 de julio de 2025

Materia

MULTA

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En los autos RIT M-74-2024, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Antonio, caratulados “Rojas con Inspección Comunal del Trabajo”, por sentencia de veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro, se rechazó la reclamación judicial interpuesta por don Sergio Rojas Abarzúa en contra de la Resolución Exenta Nº504-21713/2024 de fecha 3 de septiembre de 2024, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de San Antonio que le aplicó una multa ascendente a $355.814, por considerarse infringidos los artículos 31 y 32 del D.F.L. N° 2 de 1967, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo. En contra de este fallo el reclamante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo relacionándola con el artículo 456 de la misma recopilación legal. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurrente de nulidad, comienza invocando lo dispuesto en el artículo 477 del Código del Trabajo, para finalmente precisar que la causal que esgrime es aquella contemplada en el artículo 478 letra b) en relación con el artículo 456, ambos del referido Código, y afirma que el

Fallo

fallo el reclamante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo relacionándola con el artículo 456 de la misma recopilación legal. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa. CONSIDERANDO: Primero: Que el recurrente de nulidad, comienza invocando lo dispuesto en el artículo 477 del Código del Trabajo, para finalmente precisar que la causal que esgrime es aquella contemplada en el artículo 478 letra b) en relación con el artículo 456, ambos del referido Código, y afirma que el fallo impugnado incurre en una manifiesta infracción de las normas de la sana crítica porque se ignoró lo dicho por el trabajador al presentar su reclamo en cuanto a que su despido fue verbal, sin que la sentencia lo haya considerado; en consecuencia, explica que al prescindir de estos elementos probatorios se incurrió por la Inspección, primero, y el Tribunal después, en “la aberración” (sic) de dar por tipificada la transgresión de no exhibir copia del aviso escrito de despido y la del envío de aquélla, así como el Registro de Asistencia, en circunstancias que tales documentos nunca existieron, obligándole a algo imposible. Estima que el fallo recurrido desatiende lo previsto en el artículo 1698 del Código Civil sobre la carga de la prueba y además no se advierte que el tipo sancionable era el del artículo 506 del Código del Trabajo y en ningún caso los artícu

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco. VISTOS: En los autos RIT M-74-2024, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Antonio, caratulados “Rojas con Inspección Comunal del Trabajo”, por sentencia de veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro, se rechazó la reclamación judicial interpuesta por don Sergio Rojas Abarzúa en contra de la Re

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica