TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE TALCA

MP C/ IVAN ALEJANDRO SAN MARTIN FUENTES

Rol

Fecha

31 de julio de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Que comparece Catalina Cereceda Vidal, Abogado, Defensor Penal Público, en representación del acusado Iván Alejandro San Martín Fuentes, en causa RIT: 333-2023, quien interpone Recurso de Nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal Oral en lo Penal de Talca, de 19 de junio de 2025, en virtud de la cual se condenó al acusado, por mayoría, como autor del delito de porte de arma de fuego prohibida, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de 3 años 1 día de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias legales; y por unanimidad, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y al pago de una multa de 5 unidades tributarias mensuales por el delito de tráfico de pequeñas cantidades, más las accesorias que indica. Que, solicita, se acoja el recurso por la causal invocada y en consecuencia, declare la nulidad de la sentencia definitiva dictada en estos autos el 19 de junio de 2025 y del juicio oral que le precedió, ordenando la realización de un nuevo juicio oral, ante el tribunal no inhabilitado que corresponda. Que, declarado admisible el recurso, se ordenó poner en tabla para su vista, la cual se realizó el pasado 29 de julio. OIDOS LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que alega la causal de nulidad contenida en la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal, en relación al artículo 342 letra c) del cuerpo legal citado, esto es, la sentencia omite realizar una exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueron ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueba que fundaren dichas conclusiones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal. Expone que su representado fue acusado por los siguientes hechos: “El día 25 de abril de 2023, alrededor de las 1:50 horas, en circunstancias que funcionarios de Carabineros realizaban un patrullaje preventivo por calle 12 Oriente, en dirección al Sur, al llegar a calle 2 Norte, comuna de Talca, sorprendieron a los imputados IVÁN ALEJANDRO SAN MARTIN FUENTES y Francisca del Pilar Rojas Maldonado, quienes se trasladaban en el vehículo PPU vehículo con PPU oculta, en la PPU trasera las letras se encontraban cortadas individualizándose como la E-3171 y sin contar con PPU. delantera, estableciéndose que realmente corresponde al vehículo, P.P.U. TE-3271, marca Toyota, modelo Yaris, color blanco, año 2000, procediendo a su fiscalización, observando que la imputada Rojas Maldonado mantenía un bulto en su espalda, a la altura de la cintura, encontrando un banano de color negro, el cual mantenía en su interior 17 bolsas de nylon trasparente contenedora de 46 gramos de clorhidrato de cocaína, la suma de $750.000 en dinero en efectivo, de diferente denominación y una pesa gramera color plomo marca Diamana, manteniendo dicha droga sin contar con la autorización competente y no justificando los imputados que la droga estuviera destinada a su uso y/o consumo, exclusivo personal y próximo en el tiempo o a un tratamiento médico, sin perjuicio que por su cantidad, forma de distribución y circunstancia del hecho, estaba destinada a ser distribuida a terceros. De manera posterior se efectuó una revisión del vehículo, encontrando al interior del porte maletas, un pistola a fogueo marca Ekol Jackal Dual, calibre de 9 mm, número de serie EJI2-20120186 color gris, arma que se encuentra modificada en su estructura, encontrándose su cañón desbloqueado, mediante la aplicación de un elemento mecánico tipo broca, encontrándose dicho arma en buen estado de conservación y funcionamiento mecánico siendo apta para efectuar disparo como arma de fuego convencional. Los imputados no tenían autorización para la tenencia de la droga ni el arma de fuego. Se hace presente además que los imputados se trasladan en un vehículo con PPU oculta, en la PPU trasera las letras se encontraban cortadas individualizándose como la E-3171 y sin contar con PPU delantera”. Agrega que los hechos que se dieron por probados en el considerando QUINTO, fueron los siguientes: “El día 2 de abril de 2023, pasadas las :30 horas, funcionarios de Carabineros realizando un patrullaje

Fallo

fallo impugnado ha vulnerado lo dispuesto en el ya citado artículo 297, el que si bien permite a los sentenciadores apreciar la prueba con libertad, les impone el deber de no contradecir los principios de la lógica; en este caso, consideramos que el tribunal ha vulnerado el principio de “razón suficiente” que forma parte de los principios propios que integran la lógica jurídica. Hace presente que el vicio invocado en esta parte ha tenido influencia sustancial en la parte dispositiva del fallo y provoca agravio a los intereses de mi representado, pues se han vulnerado principios básicos del ordenamiento procesal penal, como el establecido en el artículo 1º del código del ramo, en virtud del cual ninguna persona puede ser condenada, sino en virtud de una sentencia fundada, dictada por un tribunal imparcial. Pide, se acoja el recurso por la causal invocada y en consecuencia, declare la nulidad de la sentencia definitiva dictada en estos autos el 19 de junio de 2025 y del juicio oral que le precedió, ordenando la realización de un nuevo juicio oral, ante el tribunal no inhabilitado que corresponda. SEGUNDO: Que respecto de la causal, invocada, se debe recordar que estamos ante un recurso de derecho estricto, y por tanto, lo cuestionado debe remitirse a la causal invocada la que debe estar constatada en la sentencia. No corresponde, por ende cuestionar el mérito de las probanzas, sino la infracción a las reglas de la sana crítica que pudieren haberse cometido en la valoración y

Texto Completo (Preview)

Talca, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco. VISTO: Que comparece Catalina Cereceda Vidal, Abogado, Defensor Penal Público, en representación del acusado Iván Alejandro San Martín Fuentes, en causa RIT: 333-2023, quien interpone Recurso de Nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal Oral en lo Penal de Talca, de 19 de junio de 2025, en virtud de la cual se co

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