SIN INFORMACION

MONDACA GUAJARDO, MARIO ANTONIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

31 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Hamilton González Rojas, abogado y Defensor Público Penitenciario, y deduce recurso de amparo en favor del condenado Mario Antonio Mondaca Guajardo, privado de libertad en el Complejo Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la cual rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo condena por los delitos de robo con homicidio, porte ilegal de arma de fuego, robo con intimidación, robo por sorpresa y revocación de libertad condicional, cuya pena total suma 15 años y 1 día, más 541 días, más 10 años y 1 día, más 373 días y 61 días, con fecha de inicio 18 de agosto de 2003, fecha de término el 20 de abril de 2031, y fecha mínima para optar a la libertad condicional el 28 de noviembre de 2021. Señala que, sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional negó al amparado la libertad condicional por considerar que “exhibe deficiente resolución de conflictos y problemas de adherencia, toda vez, que ha mantenido una conducta refractaria por revocación de penas sustitutivas anteriores…” Agrega que, contrario al argumento erigido por la Comisión para funda su decisión denegatoria, relativo a su comportamiento refractario en el cumplimiento de una anterior libertad condicional, revocada hace más de 22 años, el amparado ha demostrado adherencia a las intervenciones resocializadoras y beneficio otorgado, gozando en la actualidad, desde el 25 de mayo de 2025 del permiso de salida dominical. La Comisión no tuvo en cuenta los avances que el amparado presenta de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del D.L. 321, los cuales constan en el informe de postulación al beneficio elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que recomienda el otorgamiento del beneficio de libertad condicional. Sostiene que durante su tiempo de reclusión, el condenado registra múltiples participaciones en las en las áreas de: estudio,

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Mario Antonio Mondaca Guajardo en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente al primer semestre del año en curso. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°446-2025 Amparo.

Fallo

por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Mario Antonio Mondaca Guajardo en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente al primer semestre del año en curso. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°446-2025 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Mondaca Guajardo, Mario Antonio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 446-2025 La Serena, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Hamilton González Rojas, abogado y Defensor Público Penitenciario, y deduce recurso de amparo en favor del condenado Mario Antonio Mondaca Guajardo, privado de libertad en el Complejo Penitenc

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