MP C/ DIEGO ANDRES OLEA AGUILAR
Rol
Fecha
31 de julio de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y, estimando estos sentenciadores que otras medidas contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del citado código, se revoca la resolución apelada de veintiocho de julio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Diego Andrés Olea Aguilar y, en su lugar se la deja sin efecto. Dese inmediata orden de libertad al imputado Olea Aguilar, si no estuviera privada de esta por otra causa. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-2071-2025. En Valparaíso, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a treinta y uno de julio de dos mil veinticinco, siendo las 09:20 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Teresa Carolina Figueroa Chandía e integrada por la Ministra Suplente señora Leonor
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