EST ILUNIA SPA/GONZALEZ - VUELVE A TABLA.-
Rol
Fecha
30 de julio de 2025
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia anulada, prescindiendo de sus
Fundamentos
considerandos Sexto y Séptimo. Y teniendo, además, y en su lugar presente: 1° Que atendido que el documento esgrimido en sede administrativa habría sido firmado electrónicamente con indicación de fecha y hora, y que fue presentado en formato físico, al amparo de lo prescrito en el artículo 17 letra c) de la Ley N° 19.880, era carga del reclamante demostrar la autenticidad e integridad de la rúbrica, tal como lo ha señalado la entidad reclamada en las instrucciones generales que obran en el Ordinario N° 269 de 27 de febrero de 2023 acompañado a los autos, y que admite la presentación de poderes simples suscritos mediante firma electrónica, sin perjuicio de consignar la validez del requerimiento de un medio de verificación de la rúbrica si, por el tipo de firma electrónica simple utilizada, ella no fuere visible en el documento acompañado, cuyo fue el caso. 2° Que no desvirtúa la conclusión precedente, el documento acompañado por la parte reclamante conforme al cual pretende demostrar la validez de la firma cuestionada, atendida la fecha de la pretendida verificación, posterior a la audiencia de conciliación a la que fuera citada. Por los fundamentos anteriores, más lo dispuesto en los artículos 1, 420, 511 y 512 del Código del Trabajo y 17 letra c) de la Ley 19.880, se rechaza el reclamo deducido en representación de EST Ilunia SpA, en contra de la Resolución Exenta Nº 1318-5118/2024 de 22 de febrero de 2024, que se pronuncia sobre la solicitud de reconsideración de multa administrativa impuesta a la reclamante por el Centro de Conciliación y Mediación Laboral Santiago Poniente, sin costas. Regístrese y comuníquese. Redactada por la ministra Graciela Gómez Quitral. No firma la ministra (s) señora Díaz, no obstante concurrir a la vista de la causa y del acuerdo, por no encontrarse en funciones. Rol Laboral-Cobranza N°1890-2024.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de julio de dos mil veinticinco. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo: Vistos: Se reproduce la sentencia anulada, prescindiendo de sus considerandos Sexto y Séptimo. Y teniendo, además, y en su lugar presente: 1° Que atendido que el documento esgrimido en sede administrativa habría sido firmado ele
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