PALOMINOS GONZÁLEZ/ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A.
Rol
Fecha
29 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, con fecha 12 de marzo de 2025, comparece Luis Gerardo Clavero Sepúlveda, abogado, en representación de Leslie Elizabeth Palominos González, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A., representada legalmente por Aldo Corradossi Balboni. La recurrente alega que la Isapre ha adecuado el precio de su plan de salud aplicando un alza por concepto de "Prima Extraordinaria", lo que considera un acto arbitrario e ilegal que constituye una privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que el aumento de 5.835 UF a 6.282 UF fue informado mediante carta para aplicarse a partir de la remuneración de octubre de 2024, sin ninguna contraprestación o beneficio. La recurrente sostiene que la comunicación fue enviada fuera del plazo establecido en la Circular IF/N°482 de la Superintendencia de Salud, que fijaba como fecha límite el 21 de octubre de 2024, ya que fue despachada el 23 de octubre de 2024. Además, argumenta que la Isapre no ha justificado que la prima extraordinaria corresponda al monto necesario para cubrir las obligaciones con los afiliados, que el aumento no tiene contraprestación y desvirtúa la voluntad del afiliado, que vulnera el derecho de propiedad sobre su contrato de salud al no satisfacer los requisitos constitucionales para expropiación, y que infringe la ley del contrato y la jurisprudencia que exige razonabilidad en los reajustes. En definitiva, solicita que se acoja el recurso, se ordene a la recurrida dejar sin efecto el aumento del precio y se mantengan las condiciones pactadas, con expresa condenación en costas. Se solicitó, además, orden de no innovar para mantener el precio del plan en su valor anterior al aumento. Segundo: Que, por su parte, Isapre Nueva Masvida S.A. evacuó informe solicitando el rechazo de la acción constitucional de protección, con costas. La Isapre sostiene que la inclusión de la prima extraordinaria se ajusta estrictamente al marco legal vigente, en especial a la Ley N°21.674 y las circulares y resoluciones de la Superintendencia de Salud. Niega que la comunicación haya sido extemporánea, refiriendo que la Superintendencia de Salud, mediante Resolución Exenta IF/N° 14817 de 16 de octubre de 2024, prorrogó el plazo para informar la prima hasta el 31 de octubre de 2024, y que la comunicación fue enviada el 31 de octubre de 2024, cumpliendo con los requisitos de la Circular IF/N°482. Afirma que el acto no es ilegal porque está expresamente regulado por la Ley N°21.674 y las instrucciones de la Superintendencia de Salud. Asimismo, indica que el acto no es arbitrario, ya que responde a una decisión del legislador destinada a equilibrar el sistema privado de salud y asegurar la entrega de beneficios a los afiliados, regulada por la autoridad competente y comunicada de forma clara y detallada. Señala que el P
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se decide que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de doña Leslie Elizabeth Palominos González, en contra de Isapre Nueva Masvida S.A.. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad N°Protección-4529-2025.
Texto Completo (Preview)
INGRESO CORTE Nº Protección-4529-2025 RECURSO DE PROTECCION SEGÚN CARATULADO: PALOMINOS GONZÁLEZ/ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A. C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de julio de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que, con fecha 12 de marzo de 2025, comparece Luis Gerardo Clavero Sepúlveda, abogado, en representación de Leslie Elizabeth Palominos González, interponiendo recurso de pr
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