SIN INFORMACION

CORTES CATALAN IRMA VERONICA/SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES

Rol

Fecha

24 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 3 de marzo de 2025, comparece doña Irma Verónica Cortés Catalán, por sí, quien interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Pensiones por rechazar su solicitud de pensión de invalidez. Expone que padece patologías crónicas irrecuperables, en concreto, fibromialgia y artritis reumatoide, que le causan dolores tremendos, y que se ha sometido a tratamiento paliativo sin recuperabilidad. En definitiva, solicita reconsiderar su derecho a pensionarse por invalidez. Segundo: Que, el 7 de abril de 2025, la recurrida, en primer lugar, opone la excepción de falta de legitimación pasiva de la Superintendencia de Pensiones, toda vez que el acto que es objeto del recurso dice relación con la Resolución N° C.M.C. 1519/2025, de 29 de enero de 2025, dictada por la Comisión Médica Central y no por la Superintendencia. A este respecto, hace presente que la Superintendencia no tiene la representación judicial ni extrajudicial de las Comisiones Médicas Regionales ni de la Comisión Médica Central. En segundo lugar, plantea que la situación reclamada excede el ámbito de la acción de protección, no siendo susceptible de discutirse en esta sede lo que persigue la actora, esto es, que se deje sin efecto una resolución de la Comisión Médica Central y obtener un pronunciamiento declarativo. En tercer lugar, informa al tenor del recurso, solicitando el rechazo del presente arbitrio. Expone que la actora registra dos procesos de calificación de invalidez: (i) el primero iniciado en mayo de 2022, en el que la actora alegó como principales enfermedades invalidantes: fibromialgia, espondilasitosis lumbar, condromalacia roputuliana grado 4, contropatía patelo femoral, condropatía fomorol tibia y artrosis de tibia derecha. En dicho proceso la Comisión Médica Regional de Santiago Centro, mediante dictamen de 4 de enero de 2023, concluyó un 42% de pérdida de capacidad de trabajo. En contra de este dictamen apeló la

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso deducido por doña Irma Verónica Cortés Catalán, en contra de la Superintendencia de Pensiones. Se previene que el Ministro señor Valderrama concurre al rechazo de la acción constitucional interpuesto en la especie, teniendo en consideración únicamente para ello, lo consignado en el motivo octavo del presente pronunciamiento. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3795-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 18: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 19: a lo principal, segundo y tercer otrosíes, téngase presente. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 20: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 3 de marzo de 2025, comparece doña

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