MP C/ CRISTÓBAL JESÚS REYES JOFRÉ.
Rol
Fecha
24 de julio de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada a los delitos, la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla, bienes jurídicos protegidos y forma de comisión, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de quince de julio del año en curso, dictada en los autos RIT 2182-2024 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Cristóbal Jesús Reyes Jofré. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2403-2025 Penal
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San Miguel, veinticuatro de julio de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 2403-2025 Penal Ruc: 2400357612-0 RIT: 2182-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas, señora Alondra Castro Jiménez y señora María Alejandra Rojas Contreras. Relator: Natalia Arancibia Sepúlveda Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Hernán Fernández
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