SIN INFORMACION

A FAVOR DE NAYELI ROBLES SALAZAR CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 17 de julio de 2025 comparece doña Nayeli Dessire Robles Salazar, de nacionalidad venezolana, quien interpuso recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 661 de 30 de junio de 2025 que dispuso su expulsión del país. Señala que le hurtaron su teléfono celular y perdió su correo electrónico, el que recuperó el día 14 de julio, por lo que con esa fecha tomó conocimiento de la resolución recurrida. Señala que tuvo un hijo en Chile, por lo que desea mantenerse en el país, atendido que en su país de origen es difícil adquirir productos de bebé, por su alto costo. Además, desea regularizar su situación migratoria, para poder obtener un trabajo estable. Solicita una nueva oportunidad para presentar los documentos que le permitan regularizar su situación migratoria en Chile. A folio 6 comparece el Servicio recurrido solicitando el rechazo del recurso, pues no ha existido acto u omisión ilegal ni arbitrario por parte de la autoridad que afecte en forma alguna las garantías constitucionales de la amparada, sino que la autoridad administrativa ha ceñido siempre su actuar a las facultades constitucionales, legales y reglamentarias que se le han conferido. Expone que mediante Informe Policial N° 3067 registrado en plataforma con fecha 14 de marzo de 2024, de Policía de Investigaciones de Chile, se comunicó a la autoridad que la extranjera de autos, de nacionalidad venezolana, registra un ingreso al país de forma irregular, eludiendo el control migratorio. Así, mediante Resolución Exenta N°537 de fecha 27 de agosto de 2024, de la Dirección Regional de Tarapacá del Servicio Nacional de Migraciones, se dispuso la expulsión de la actora, por haber ingresado al territorio nacional por un paso no habilitado eludiendo el control migratorio. Refiere que, mediante fallo de fecha 22 de octubre 2024 de la Corte de Rancagua en causa Rol N° 523-2024, se ordenó a la autoridad habilitar un procedimiento para

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Que, el recurso de amparo, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional que tiene por objeto resguardar la libertad personal o seguridad individual de las personas, frente acciones u omisiones ilegales que priven, restrinjan o perturben las garantías constitucionales mencionadas. 2.- Que, mediante la presente acción constitucional de amparo, se denuncia la conducta ilegal y arbitraria en que habría incurrido el recurrido, mediante la dictación de la Resolución Exenta N°661 de 30 de junio de 2025 que dispuso la expulsión del país de la amparada, quien solicitó una nueva oportunidad para acompañar los antecedentes requeridos por el Servicio recurrido. 3.- Que, informando el Servicio recurrido, solicitó el rechazo del recurso, al no ser la vía idónea para la obtención de la pretensión de la actora, ya que corresponde que esta interponga el respectivo recurso de reclamación, una vez que la Resolución Exenta N° 661 de 30 de junio de 2025 le sea notificada, ya que está se encuentra con el trámite de su notificación pendiente. 4.- Que, atendido lo informado por el Servicio recurrido, se tiene que la resolución que se intenta recurrir en estos autos aún no ha producido sus efectos, ya que ésta no ha sido notificada en términos formales a la actora, por ello no puede estimarse que se ha vulnerado el derecho a su libertad personal, motivo por el cual el presente recurso será rechazado, según se dirá. 5.- Que, sin perjuicio de lo anterior, y tal como lo señala el Servicio recurrido, una vez que sea notificada la Resolución Exenta N° 661 de 30 de junio de 2025 a la recurrente, ella podrá, si lo estimare, dentro del plazo de 10 días, deducir el recurso de reclamación establecido en el artículo 141 de la Ley de Migraciones, acompañando los documentos que estime pertinentes.

Fallo

fallo de fecha 22 de octubre 2024 de la Corte de Rancagua en causa Rol N° 523-2024, se ordenó a la autoridad habilitar un procedimiento para revisar nuevamente lo decidido y, en cumplimiento de lo ordenado, mediante Oficio Ordinario N°309 de fecha 8 de mayo de 2025, la Dirección Regional de Tarapacá del Servicio Nacional de Migraciones, otorgó a la extranjera un nuevo plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción de dicho oficio, para realizar nuevamente sus descargos en relación a la causal de expulsión invocada y acompañar todos los antecedentes que estime relevantes para resolver su situación migratoria, tales como aquellos que acrediten sus vínculos familiares en Chile, sustento económico, u otro documento que considere relevante, lo que la amparada no hizo. Sin embargo, revisados sus sistemas, no consta notificación de la resolución recurrida a la amparada, en consecuencia, la resolución objeto del presente recurso de amparo no se encuentra debidamente notificada, lo que implica que aun no corren los plazos relativos al Recurso de Reclamación correspondiente. Sostiene que así, no es posible sustentar una acción u omisión que vulnere en alguna medida la libertad personal por parte del Servicio Nacional de Migraciones, ya que no existe la posibilidad actual de ejecución de la Resolución Exenta, atendido que actualmente la recurrente se encuentra con gestión de notificación pendiente, existiendo la imposibilidad absoluta de que esta corte adopte medidas inmediatas p

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veinticuatro de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Con fecha 17 de julio de 2025 comparece doña Nayeli Dessire Robles Salazar, de nacionalidad venezolana, quien interpuso recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 661 de 30 de junio de 2025 que dispuso su expulsión del país. Señala que le hurtaron su t

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