C.A. de Santiago

INNOVACIONES TECNOLOGICAS PARA CONSTRUCCION E INDUSTRIA SPA (LICHTENBERG)

Rol

729-2022

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

Civil

Resultado

INVALIDA DE OFICIO (M)

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Hechos

VISTO: En estos autos Rol Nº 729-2022 comparece el abogado Mario Münzenmayer Bellolio, en representación de la demandante Innovaciones Tecnológicas para Construcciones e Industria Spa, recurrente de queja, en ingreso Nº 11354-2021 de la Corte de Apelaciones de Santiago y que incide en el juicio arbitral caratulado “Sociedad Innovaciones Tecnológicas para la Construcción e Industria SpA con Sociedad de Inversiones y Asesorías RED Limitada”, seguido ante el juez árbitro Constanza Lichtemberg Baraona y deduce recurso de queja en contra de los jueces de la Primera Sala del referido tribunal, Ministros señor Omar Astudillo Contreras, señora Elsa Barrientos Guerrero y señor Pedro Pablo Advis Mondaca, por las faltas o abusos graves en que habrían incurrido al rechazar el recurso de reposición deducido en contra de la decisión por la que se declaró inadmisible el recurso de queja interpuesto por su parte el 15 de diciembre de 2021 de la sentencia que acoge un incidente de nulidad de previo y especial y pronunciamiento y puso término al procedimiento arbitral con fecha 22 de noviembre de 2021 y contra la resolución de fecha 7 de diciembre de 2021 que rechazó la reposición en contra de la referida resolución dictada por la mencionada árbitro. Expone el recurrente que en contra de las aludidas resoluciones su parte dedujo recurso de queja, el cual fue declarado inadmisible por existir recursos en contra de dicha sentencia. Contra esta providencia -agrega- interpuso recurso de reposición, el que fue rechazado, y respecto de la cuales se reclama la comisión de falta o abuso grave en que se fundamenta el presente recurso. Solicita se acoja el recurso de queja y, en definitiva, se declare que es admisible la queja impetrada, debiendo disponerse las medidas disciplinarias que correspondan y en su mérito dejarla sin efecto, decidiendo que se declara admisible el recurso. Evacuando el informe de rigor, los jueces recurridos señalan que les parece no haber incurrido en alguna falta

Fallo

se declara admisible el recurso. Evacuando el informe de rigor, los jueces recurridos señalan que les parece no haber incurrido en alguna falta o abuso grave, como lo exige el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, pues la decisión contenida en ambas resoluciones, se adoptó en forma motivada, razonando en ellas respecto de la existencia de recursos ordinarios que procedieran contra las resoluciones dictadas por el arbitrador y la naturaleza jurídica de las mismas y en ese entendimiento, no puede pretenderse que el recurso de queja devenga en una nueva instancia de revisión de lo actuado. Se ordenó traer los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales concede el recurso de queja en contra de resoluciones de carácter jurisdiccional dictadas con falta o abuso, con la sola limitación de que dichas resoluciones pongan término al juicio o hagan imposible su prosecución. SEGUNDO: Que del mérito de los antecedentes tenidos a la vista y de aquellos agregados al recurso no permiten concluir que los ministros recurridos, al decidir como lo hicieron, hayan incurrido en alguna de las conductas que la ley reprueba y que sea necesario reprimir y enmendar mediante el ejercicio de las atribuciones disciplinarias de esta Corte, pues lo cuestionado, en definitiva, es la interpretación y aplicación de un precepto legal efectuado por ellas sobre la base de un razonamiento que fue explicado suficientemente en las resol

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciocho de enero de dos mi veintitrés. VISTO: En estos autos Rol Nº 729-2022 comparece el abogado Mario Münzenmayer Bellolio, en representación de la demandante Innovaciones Tecnológicas para Construcciones e Industria Spa, recurrente de queja, en ingreso Nº 11354-2021 de la Corte de Apelaciones de Santiago y que incide en el juicio arbitral caratulado “Sociedad Innovaciones Tecnológic

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