SIN INFORMACION

CÁCERES RAMIREZ / SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE. VISTA CONJUNTAMENTE CON INGRESO DE CORTE N°5936-2024 PROTECCIÓN

Rol

Fecha

24 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Claudio Andrés Salvatierra Garib, abogado, en representación de Juan Ignacio Cáceres Ramírez, administrador público, domiciliado para estos efectos en Avenida Providencia Nº1860, oficina 101, comuna de Providencia, interpone recurso de protección en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, representado por Antonio Infante Barros, ambos domiciliados en Avenida Concha y Toro N°3459, comuna de Puente Alto, por el acto arbitrario e ilegal consistente en su destitución, materializada a través de la Resolución Exenta Nº1995 de 29 de octubre de 2024, notificada a su representado el 4 de noviembre de ese año, lo que vulnera lo dispuesto en los numerales 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se deje sin efecto tanto el procedimiento sumario como la resolución dictada, revirtiendo la destitución de la cual fue objeto. Expone que producto de reportajes realizados por medios de comunicación referente a irregularidades en las listas de espera, se instruyó un sumario en su contra a través de la Resolución Exenta Nº491 de 19 de marzo de 2024 y Resolución Exenta Nº857 de 15 de mayo de 2024, acusándolo de haber elaborado, aplicado e instruido en el ejercicio de su cargo como Jefe (s) de la Unidad de Gestión de la Demanda del Hospital Dr. Sótero del Río, entre los meses de marzo y noviembre del año 2023, un plan de trabajo que tuvo como objeto la eliminación automática de interconsultas desde el sistema informático de gestión de la demanda, contraviniendo las exigencias de respaldo y definiciones que garantizan el manejo individual de cada caso, egresando de manera irregular alrededor de 150.000 interconsultas, con lo cual habría perjudicado a dichas personas que esperaban atención médica. Refiere que dicha acusación no tiene sustento material ya que, en primer término, el actor comenzó a trabajar en el Hospital Sótero del Río el 3 de abril de 2023, precisando que las funciones

Fallo

Fallo del Recurso de Protección; no ha lugar, al tercer otrosí por acompañado. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Claudio Andrés Salvatierra Garib, abogado, en representación de Juan Ignacio Cáceres Ramírez, administrador público, domiciliado para estos efectos en Avenida Providencia Nº1860, oficina 101, comuna de Providencia, interpone recurso de protección en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, representado por Antonio Infante Barros, ambos domiciliados en Avenida Concha y Toro N°3459, comuna de Puente Alto, por el acto arbitrario e ilegal consistente en su destitución, materializada a través de la Resolución Exenta Nº1995 de 29 de octubre de 2024, notificada a su representado el 4 de noviembre de ese año, lo que vulnera lo dispuesto en los numerales 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se deje sin efecto tanto el procedimiento sumario como la resolución dictada, revirtiendo la destitución de la cual fue objeto. Expone que producto de reportajes realizados por medios de comunicación referente a irregularidades en las listas de espera, se instruyó un sumario en su contra a través de la Resolución Exenta Nº491 de 19 de marzo de 2024 y Resolución Exenta Nº857 de 15 de mayo de 2024, acusándolo de haber elaborado, aplicado e instruido en el ejercicio de su cargo como Jefe (s) de la Unidad de Gestión de la Demanda del Hospital Dr. Sótero del Río, entre los meses de marzo y noviembre del año 2023, un plan

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticuatro de julio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 41: a todo, téngase presente. Al escrito folio N°42: a lo principal, primer y cuarto otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, atendido lo dispuesto en el artículo 9 del el Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección; no ha lugar, al tercer otrosí por acompañado. Vistos y teniendo presente: Primer

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