SIN INFORMACION

PAROTDONOSO RAFAEL/ RODRÍGUEZ RODRIGUEZ

Rol

Fecha

24 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rafael Parot Donoso, en representación de ASESORÍAS INVERSIONES G Y C. LIMITADA, parte recurrente en autos sobre juicio ejecutivo caratulados "ASESORÍAS INVERSIONES G Y C. LIMITADA / BANCO ESTADO CONTACTO 24 HORAS S.A.", Rol C-16386-2024, seguidos ante el Primer Juzgado Civil de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 24 de marzo de 2025 que declaró inadmisible el recurso de apelación que, en forma subsidiaria de arbitrio de reposición, dedujo contra la resolución de fecha 27 de febrero de 2025, por considerar el tribunal que correspondía aplicar lo dispuesto en el artículo 326 inciso 2º del Código de Procedimiento Civil. Contextualiza que por resolución de 24 de enero de 2025, la causa fue recibida a prueba. De dicha resolución, la parte ejecutada se dio por notificada el 27 de enero de 2025, interponiendo recurso de reposición con apelación en subsidio. Por su parte, la ejecutante se tuvo por notificada el 31 de enero de 2025, fecha en que se resolvió el único recurso de reposición interpuesto contra la interlocutoria de prueba. En este sentido, el término probatorio de diez días hábiles, según el artículo 469 del Código de Procedimiento Civil, comenzó el 1 de febrero y venció el 12 de febrero de 2025. La prueba de testigos decretada es extemporánea (resolución contra la cual se recurrió de apelación), ya que el artículo 340 del mismo Código establece que las diligencias de prueba de testigos solo pueden practicarse dentro del término probatorio. Asimismo, enfatiza que no existe constancia de alguna solicitud de "entorpecimiento" para rendir prueba testimonial, ni se decretó un término especial de prueba. Además, conforme al artículo 469 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 64 del mismo texto legal, el plazo para hacer observaciones a la prueba venció el 19 de febrero de 2025. Sostiene que la resolución de 27 de febrero de 2025, al disponer una dilige

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad de lo dispuesto en el artículo 203 y 326 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado Rafael Parot Donoso, en representación de ASESORÍAS INVERSIONES GY C. LIMITADA. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del Ministro Guillermo de la Barra D. Rol N° 4823-2025. Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Guillermo de la Barra Dünner e integrada, además, el ministro (S) señor Pablo Toledo González y el abogado integrante señor Luis Hernández Olmedo.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rafael Parot Donoso, en representación de ASESORÍAS INVERSIONES G Y C. LIMITADA, parte recurrente en autos sobre juicio ejecutivo caratulados "ASESORÍAS INVERSIONES G Y C. LIMITADA / BANCO ESTADO CONTACTO 24 HORAS S.A.", Rol C-16386-2024, seguidos ante el Primer J

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