JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ ANA SOLEDAD OTEY NAIPIL

Rol

Fecha

21 de julio de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1°) Que, en estos autos, Ingreso Corte N° 1224-2024- Penal, la Defensoría Penal Pública dedujo recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que intensificó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria por la de reclusión parcial nocturna en dependencias de Gendarmería, respecto de la condenada Ana Soledad Otey Naipil. 2°) Que, atendido el mérito de los antecedentes, es posible concluir que la imputada fue condenada por sentencia dictada con fecha 14 de abril de 2023, oportunidad en que se le concedió la pena sustitutiva mencionada, conminándola a presentarse ante el CRS de Gendarmería una vez recuperada su libertad. Posteriormente, el 09 de julio de 2024 Gendarmería informa que la condenada no se presentó pese a la orden del tribunal, lo que derivó en una audiencia de revisión de pena sustitutiva, acaecida con de fecha 19 de agosto de 2024, a la que no asistió pese a estar legalmente notificada, despachándose orden de detención. En cumplimiento de lo anterior se llevó a cabo una audiencia el 24 de agosto de 2024 a la que la condenada asistió habiendo sido detenida, siendo apercibida nuevamente a presentarse a CRS más tardar el viernes 06 de septiembre de 2024. Finalmente, en virtud del informe de no presentación de 10 de septiembre de 2024, se despachó nuevamente una orden de detención, celebrándose luego la audiencia en la que se dictó la sentencia impugnada, la que se verificó previa detención de la condenada. 3°) Que, en vista de lo expuesto, no siendo plausible los argumentos expuestos por la defensa de la Ana Soledad Otey Naipil, por configurarse incumplimientos injustificados en los términos del artículo 25 N°2 de la Ley 18.216 se desestimará la impugnación deducida. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 25 N°2 y 37 de la Ley 18.216 y 370 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diecisiete de septiembre de dos mil vein

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 25 N°2 y 37 de la Ley 18.216 y 370 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la intensificación de la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria por la de reclusión parcial nocturna en dependencias de Gendarmería respecto de la condenada Ana Soledad Otey Naipil. Devuélvase. No firma el Ministro don Moisés Montiel Torres, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse en comisión de servicio. Rol Penal 1224-2024.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiuno de julio de dos mil veinticinco. Vistos: 1°) Que, en estos autos, Ingreso Corte N° 1224-2024- Penal, la Defensoría Penal Pública dedujo recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que intensificó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria por la de reclusión parcial nocturna en dependencias de Genda

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica