ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de julio de 2025
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el plazo fijado para la vigencia de la medida cautelar se encuentra vencido y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de dieciséis de abril del año en curso, dictada en causa RIT X-471-2019, por el Juzgado de Familia de Melipilla. Devuélvase. Nº 570-2025 Familia. Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el plazo fijado para la vigencia de la medida cautelar se encuentra vencido y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la...
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San Miguel, veintiuno de julio de dos mil veinticinco. A los escritos de folios 12 y 13: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el plazo fijado para la vigencia de la medida cautelar se encuentra vencido y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de dieciséis de abril del año en curso, dic
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