BANCO SANTANDER - CHILE/CARVALLO
Rol
139895-2022
Fecha
18 de enero de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que en el procedimiento ejecutivo seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén, bajo el Rol C-264-2019, caratulado “Banco Santander-Chile con Carvallo”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt de fecha dieciocho de octubre de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado de treinta y uno de enero del mismo año, que rechazó –en lo que interesa al recurso- las excepciones contempladas en los numerales 3° y 7° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, ordenando seguir adelante con la ejecución. Segundo: Que el recurrente, en primer lugar, señala que en el fallo recurrido han sido infringidos los artículos 464 N°3 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 177, 158, 170 y 174 del mismo cuerpo normativo, al rechazar la excepción de litis pendencia. Sostiene el impugnante que al momento de presentarse la demanda en este juicio el 30 de diciembre de 2019 y el respectivo requerimiento de pago el 15 de enero de 2020, aún se encontraba pendiente el juicio Rol C-2291-2019, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, entre las mismas partes y por el cobro de la misma deuda, dictándose el cúmplase en dicha causa el 19 de enero de 2021, por lo que era procedente acoger la excepción. En segundo lugar, el impugnante acusa trasgresión al artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 438 del mismo cuerpo legal, al rechazar los sentenciadores la excepción de falta de requisitos del título para que tenga mérito ejecutivo, a pesar que el mutuo que se cobra no contiene una obligación líquida ni liquidable, al no indicarse con claridad los intereses que se deben aplicar a la deuda Finaliza solicitando que se invalide la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo que acoja la excepción del numeral 3º del
Fallo
fallo de primer grado de treinta y uno de enero del mismo año, que rechazó –en lo que interesa al recurso- las excepciones contempladas en los numerales 3° y 7° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, ordenando seguir adelante con la ejecución. Segundo: Que el recurrente, en primer lugar, señala que en el fallo recurrido han sido infringidos los artículos 464 N°3 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 177, 158, 170 y 174 del mismo cuerpo normativo, al rechazar la excepción de litis pendencia. Sostiene el impugnante que al momento de presentarse la demanda en este juicio el 30 de diciembre de 2019 y el respectivo requerimiento de pago el 15 de enero de 2020, aún se encontraba pendiente el juicio Rol C-2291-2019, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, entre las mismas partes y por el cobro de la misma deuda, dictándose el cúmplase en dicha causa el 19 de enero de 2021, por lo que era procedente acoger la excepción. En segundo lugar, el impugnante acusa trasgresión al artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 438 del mismo cuerpo legal, al rechazar los sentenciadores la excepción de falta de requisitos del título para que tenga mérito ejecutivo, a pesar que el mutuo que se cobra no contiene una obligación líquida ni liquidable, al no indicarse con claridad los intereses que se deben aplicar a la deuda Finaliza solicitando que se invalide la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo q
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Santiago, dieciocho de enero de dos mi veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que en el procedimiento ejecutivo seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén, bajo el Rol C-264-2019, caratulado “Banco Santander-Chile con Carvallo”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada en contra de la sentencia dictada p
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