SIN INFORMACION

GALLARDO GÓMEZ, JHON MANUEL/2° JUZGADO DE LETRAS LA SERENA

Rol

Fecha

21 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado JOHN MANUEL GALLARDO GÓMEZ, por la parte demandada, en juicio sumario de precario caratulados “MALUENDA GONZÁLEZ CARLOS ARTURO/ BARRIOS DÍAZ MARCIA LORENA”, tramitado bajo el Rol C-2346-2924, del Segundo Juzgado de Letras de La Serena, interponiendo falso recurso de hecho en contra de la resolución de veintiséis de marzo de dos mil veinticinco, en virtud de la cual se concedió el recurso de apelación interpuesto por su parte contra la sentencia definitiva de seis de enero de dos mil veinticinco, que acogió la demanda de precario, concediéndolo en el solo efecto devolutivo, en circunstancias que debería haberse otorgado en ambos efectos. Señala que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 691 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debió concederse en ambos efectos, pues argumenta que el artículo 691 inciso 1º del Código de Procedimiento Civil señala: “La sentencia definitiva y la resolución que dé lugar al procedimiento sumario en el caso del inciso 2° del artículo 681, serán apelables en ambos efectos, salvo que, concedida la apelación en esta forma, hayan de eludirse sus resultados”. De acuerdo con la citada disposición, afirma que procede el recurso de apelación en ambos efectos, toda vez que entender lo contrario, provocaría que, en el evento de exigir su cumplimiento por parte del demandante, en cuanto la sentencia cause ejecutoria, y si ésta posteriormente fuera revocada, se debe volver al estado anterior a la sentencia, entendiéndose que la intención del legislador en esta materia, sería que las sentencias definitivas se cumplan cuando estén ejecutoriadas y no cuando causan ejecutoria. Por lo anterior, solicita acoger el falso recurso de hecho y declarar que se concede el recurso de apelación en ambos efectos, comunicándolo al tribunal a quo para que se abstenga de seguir conociendo de la causa. SEGUNDO: Que, de los autos tenidos a la vista Rol C- 2346-2024 del Segundo Juzga

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad además con lo prescrito en el artículo 196 y 203 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el falso recurso de hecho interpuesto por el abogado John Manuel Gallardo Gómez en contra de la resolución de veintiséis de marzo de dos mil veinticinco, dictada en los autos Rol C-2346-2024, del Segundo Juzgado de Letras de La Serena y, en consecuencia, se declara que el recurso de apelación presentado contra la sentencia definitiva de seis de enero de dos mil veinticinco se concede en ambos efectos. Déjese copia de lo resuelto en causa Rol N°569-2025 de esta Corte. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 666-2025 Civil.

Texto Completo (Preview)

Gallardo Gómez, John Manuel 2º Juzgado de Letras de La Serena Recurso de hecho (falso) Rol Nº666-2025 Civil. La Serena, veintiuno de julio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado JOHN MANUEL GALLARDO GÓMEZ, por la parte demandada, en juicio sumario de precario caratulados “MALUENDA GONZÁLEZ CARLOS ARTURO/ BARRIOS DÍAZ MARCIA LORENA”, tramitado bajo

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