ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de julio de 2025
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que, atendido el mérito de lo expuesto en estrados por la recurrente, no constan antecedentes de la entidad suficientes para alterar lo resuelto por el tribunal a quo, respecto a la procedencia de la medida cautelar de cuidado provisorio. Lo anterior, además,
Fundamentos
considerando que en el caso se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 19.968, respecto a la existencia de antecedentes calificados para fijar la medida cautelar, tales como la denuncia efectuada contra la madre por lesiones en contexto de VIF, la constatación de lesiones de la niña que da cuenta de la existencia de lesiones leves y la opinión...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, veintiuno de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Que, atendido el mérito de lo expuesto en estrados por la recurrente, no constan antecedentes de la entidad suficientes para alterar lo resuelto por el tribunal a quo, respecto a la procedencia de la medida cautelar de cuidado provisorio. Lo anterior, además, considerando que en el caso se ha dado cumplimiento a lo dispu
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