CORTE DE APELACIONES

RALPH IBÁÑEZ NOÉ Y OTROS / GUILLERMO MORERA HIERRO Y JUAN REYES BASAUR

Rol

Fecha

21 de julio de 2025

Materia

SECUESTRO. ART. 141

Resultado

FALLADA/CONFIRMADA CON DECLARA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Penal, se confirma, la resolución apelada de once de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Ministro en Visita Sr. Max Cancino Cancino, escrita a fojas 1914, en relación a los procesados Juan Reyes Basaur y Guillermo Morera Hierro, con declaración que se somete a proceso a Juan de Dios Reyes Basaur, también por el delito de secuestro con grave daño previsto en el artículo 141 inciso 1° y 3° del Código Penal, cometido en la víctima de Carlos Antonio Molina Molina. Notifíquese, comuníquese y devuélvase de inmediato a la Unidad de Causas de Derechos Humanos. N°Penal-1712-2025. En Valparaíso, veintiuno de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiuno de julio de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Penal, se confirma, la resolución apelada de once de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Ministro en Visita Sr. Max Cancino Cancino, escrita a fojas 1914, en relación a los procesados Juan Reyes Basaur

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