JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MP C/ ALEXANDER EMILIO LOPEZ SAAVEDRA

Rol

Fecha

21 de julio de 2025

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Atendido el mérito del registro de audio y los antecedentes de que se dio cuenta en la audiencia, se estima que las circunstancias consideradas al decretarse la prisión preventiva respecto del imputado no han variado, y, en consecuencia, se estima justificado el presupuesto material establecido en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del ilícito formalizado de homicidio simple, tal como ha resuelto el juez a quo y esta Corte con anterioridad. 2°) En cuanto a la necesidad de cautela, se estima que la misma se mantiene, no solo por la forma y circunstancias de comisión del ilícito y la gravedad de la pena asignada al mismo, sino que, además, se encuentra fijado juicio oral a realizarse prontamente, en que se solicita pena de crimen, lo que acrecienta, además, el peligro de fuga, máxime si el acusado registra condenas. Así las cosas, se estima que la prisión preventiva es la única medida cautelar suficiente para asegurar los fines del procedimiento y la ejecución de una eventual condena. Respecto de la concurrencia de atenuantes que indica la defensa, lo cierto es que no se trata de circunstancias modificatorias objetivas, por lo que, la procedencia de estas debe ser ponderada en su mérito por el tribunal del fondo, en un juicio contradictorio. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Víctor Manuel Santana Escobar, en audiencia 11 de julio pasado, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Alexander Emilio López Saavedra, por resultar su libertad peligrosa para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-503-2025.

Texto Completo (Preview)

Fecha: veintiuno de julio de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-503-2025 Ruc N°: 2301120588-7 Rit N°: O-6142-2023 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, ministra señora ErikaVillegas Pavlich y ministra (S) señora Llilian Durán Barrera Relatora (S): Anita Niculcar Solís Abogado Asesor M.P.: Paula Chávez Navarro Defensora Penal

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