JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ BRAYAN YGOR DEPABLOS MENDEZ

Rol

Fecha

19 de julio de 2025

Materia

USURPACION DE NOMBRE.ART. 214.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dieciocho de julio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que no hizo lugar a decretar la medida cautelar de prisión preventiva de BRAYAN YGOR DEPABLOS MENDEZ. Acordada con el voto en contra del Ministro Interino Sr. Núñez, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y decretar la medida cautelar de prisión preventiva, teniendo especialmente presente las dudas razonables existentes en cuanto a la identidad del imputado, por cuanto la inexistencia de certeza sobre un aspecto tan esencial compromete gravemente los fines del procedimiento, especialmente el de asegurar la comparecencia del imputado a los actos del proceso. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-1955-2025. En Valparaíso, diecinueve de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diecinueve de julio de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 09:10 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo e integrada por el Ministro Interino Sr. Germán Manuel Núñez Romero y el Abogado Integrante Sr. Enrique Letelier Loyo

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