ANONIMIZADO
Rol
Fecha
22 de julio de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Atendida la naturaleza del procedimiento de marras; y visto, además, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14.908, en relación a los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE por improcedente el recurso de apelación deducido en subsidio contra la resolución del pasado treinta de junio. Devuélvase. Rol N° 228-2025 Familia. /rpc
Fallo
se declara INADMISIBLE por improcedente el recurso de apelación deducido en subsidio contra la resolución del pasado treinta de junio. Devuélvase. Rol N° 228-2025 Familia. /rpc
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintidós de julio de dos mil veinticinco. VISTO: Atendida la naturaleza del procedimiento de marras; y visto, además, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14.908, en relación a los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE por improcedente el recurso de apelación deducido en subsidio contra la resolución del pasado treinta de junio. Devuélvase. Rol
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