MP C/ MARÍA EUGENIA ORTIZ URRUTIA.
Rol
Fecha
19 de julio de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los cuales fue formalizada la investigación. Además, se estima que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando la dosificación de la droga incautada, su naturaleza de esta y el hecho de registrar antecedentes penales pretéritos por delito de la misma especie. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de diez de julio del año en curso, por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago que decretó la prisión preventiva de la imputada María Eugenia Ortiz Urrutia. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2351-2025-Penal
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San Miguel, diecinueve de julio de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Sala Rol Corte: 2351-2025 Penal. RIT: 2504-2025 15° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Emil Ibarra Sáez Digitadora: Carolina Orellana Medina Caratulado: MP.C/MARÍA EUGENIA ORTIZ URRUTIA Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Materia: Tráfico ilícito de drogas Escritos proveídos en audiencia: 3 (folios 3, 4 y 5). San
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