MINISTERIO PUBLICO C/ CLAUDIO HERNAN HERNANDEZ VARGAS
Rol
Fecha
18 de julio de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En esos antecedentes RUC 2301116187-1, RIT 71-2025, seguidos ante el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, comparece el abogado Defensor Penal Público Roberto Pumarino Cabello, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por este tribunal , el 2 de junio del año 2025, mediante la cual se CONDENÓ a su representado Claudio Hernán Hernández Vargas, a las penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, cometido el día 15 de octubre de 2023 en la comuna de La Florida; a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar; y a la pena de 541 días de reclusión menor en su grado medio, por el delito de desacato, cometidos los dos últimos, el día 24 de agosto de 2024 en la comuna de La Florida. Se declaró admisible el recurso, se llevó a efecto la audiencia respectiva, a la que comparecieron tanto el apoderado de la defensa y del Ministerio Público, una vez que se escucharon los alegatos de las partes, quedó la causa en estado de acuerdo, fijándose la audiencia del día de hoy para la lectura del fallo. Oídos los intervinientes y
Fundamentos
considerando Primero: El recurso se funda en la causal del artículo 374 letra e) por omisión en el
Fallo
fallo de los requisitos del artículo 342 letra c) y en relación con el artículo 297, todos del Código Procesal Penal, es decir, por faltar en la sentencia el requisito de la exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, en específico por infracción a las reglas de la lógica al valorar la prueba. Pide se anule tanto el juicio como la sentencia dictada, disponiéndose la remisión de los antecedentes al 7° tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, para que un juez no inhabilitado que corresponda proceda a la realización de un nuevo Juicio Oral y el pronunciamiento de una nueva sentencia. La defensa, desarrollando el recurso, sostiene que, respecto del delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, hecho uno, del testimonio de la víctima Aurora Alejandra Rubilar Salazar y Anthonny Diab Massel Hernández Rubilar, se desprende únicamente la existencia de insultos y de amenazas vagas, si bien la madre afirma que estas eran amenazas de muerte, el hijo en su testimonio afirma no recordar el contenido de las mismas y tampoco hay consistencia entre las horas en las cuales supuestamente llega Claudio Hernández a amenazar a la víctima; es así, que no corresponde por parte del tribunal dar por corroborado el hecho N° 1 con solo el testimonio de la víctima y su hijo, en tanto no existe otro elemento probatorio que vincule al imputado con las amenazas alegadas en su contra. Agrega que la cabo 2° Nicole Ojeda Núñ
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C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil veinticinco. Vistos: En esos antecedentes RUC 2301116187-1, RIT 71-2025, seguidos ante el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, comparece el abogado Defensor Penal Público Roberto Pumarino Cabello, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por este tribunal , el 2 de junio del año 2025, median
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