MP C/ CRISTIAN AQUILES BARRIENTOS AVILA
Rol
Fecha
18 de julio de 2025
Materia
SUSTRACCIÓN DE MADERA ART. 448 SEPT INC 1º Y OCTIES INC. 1º
Resultado
DE FALLO
Hechos
Visto: Que la causal de nulidad invocada por la defensa privada es la establecida en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal. Que al efecto el inciso primero del artículo 376 del mismo texto legal establece: “Tribunal competente para conocer del recurso. El conocimiento del recurso que se fundare en la causal prevista en el artículo 373, letra a), corresponderá a la Corte Suprema”. En consecuencia, devuélvanse los antecedentes al tribunal a quo a fin remita los antecedentes al Excelentísimo Tribunal. Comuníquese y archívese. Rol 769 – 2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, dieciocho de julio de dos mil veinticinco. Visto: Que la causal de nulidad invocada por la defensa privada es la establecida en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal. Que al efecto el inciso primero del artículo 376 del mismo texto legal establece: “Tribunal competente para conocer del recurso. El conocimiento del recurso que se fundare en la causal prevista en el artículo
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