CÓRDOVA/SECCION DE REMUNERACIONES POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
18 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 23 de enero del año 2025, comparece doña Natalia Andrea Aguilar Rodríguez, abogada, en representación de doña Yeissy Orlanda Córdova Vargas, cédula de identidad 13.971.166-1, con domicilio en Pasaje El Quillay S/N, Sector Lo Carreño, San Fernando, y viene en deducir recurso de protección en contra de la Sección de Remuneraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, RUT N°60.506.000-5, departamento que se encuentra bajo la jerarquía administrativa del Prefecto Inspector don Ricardo Virgilio Porcile Cerda, Jefe de la Jefatura Nacional de Administración y Gestión de las Personas de la PDI, en adelante JENAPERS con domicilio en calle General Mackenna N°1314 de la ciudad de Santiago, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que en su presentación expuso. Indica que su representada desde el egreso de la Escuela de Investigaciones, al cargo de Detective, se le generó el derecho a percibir la asignación de grado efectivo, aseverando que esta remuneración tiene un incremento cuando algún funcionario se desempeña en regiones con derecho a la asignación de zona como es el caso de la ciudad de Coyhaique, XI Región (105%). Afirma que, en el mes de mayo de 2019, la PDI informó a la totalidad del personal que "habría un mejoramiento del cálculo de la gratificación de zona a quienes tengan derecho de percibirlo", lo cual fue comunicado mediante Radiograma N° 225 del 30 de mayo de 2019 de la JENAPERS, ese hecho significó que ese mes se cancelara de manera íntegra dicha asignación. No obstante, al mes siguiente junio de 2019 el monto íntegro de dicha remuneración se dejó de pagar para aquellos funcionarios que tenían el derecho al incremento conforme a la zona, y así lo expresó la propia PDI mediante Radiograma N° 285 de fecha 2 de julio de 2019 que informó que el pago efectuado en el mes de mayo de 2019 había sido sometido al pronunciamiento del órgano contralor, refiriendo textualmente la PDI, lo que sigue: "Conforme a lo anterior, las remuneraciones con asignación de zona continuarán cancelándose utilizando la base de cálculo original hasta recibida la respuesta del Ente Contralor, a partir de la cual se procederá conforme a derecho al pago en cuestión". Por lo antes expuesto, se solicita al personal mantenerse a la espera hasta que esta Jefatura Nacional reciba el referido pronunciamiento por parte de la Contraloría General de la República. Explica que el pago integro fue suspendido en el mes de junio de 2019, posteriormente con fecha 26 de abril de 2021 la Contraloría General de la República, emitió respuesta al pronunciamiento de la PDI evacuando Dictamen N° E98928/2021 que en síntesis señala que la forma de pago efectuada en el mes de mayo de 2019 se había hecho de forma correcta. Afirma que no fue hasta que la Excma. Corte Suprema se pronunció en materia de protección en roles N° 12.008-2022 (Loaiza - PDI) y 12.465-2022 (Pozo - PDI) que la PDI agilizó los procesos para pagar esta remuneración de forma íntegra, lo que ocurrió entre los meses de diciembre del año 2022 para los funcionarios activos y en el mes enero del año 2023 para los funcionarios en retiro. No obstante, lo señalado, indica que la regularización de pago hecha por la PDI fue solamente parcial, ya que la institución malinterpretó el Dictamen N° E98928/2021 al estimar que, con la emisión de aquel documento, se establecía la fecha que generaba este derecho, por considerar la palabra "actualmente", como elemento decisivo para la fijación de pagos, cancelando sólo el período desde el 26 de abril de 2021 a lo futuro. Asegura que esta situación fue clarificada en
Fallo
fallo reciente de la Excma. Corte Suprema en Rol N° 147.027-2023 caratulado "Cortes y otro contra Policía de Investigaciones de Chile (Sección Remuneraciones)” que recae sobre el mismo objeto litigioso del pago de la asignación de grado efectivo, donde el Máximo Tribunal del País, resuelve definitivamente la interpretación ambigua del Dictamen N° E98928/2021 de la Contraloría, fallando que debe pagarse igualmente desde el ingreso a la Institución hasta el 26 de abril de 2021, que es el período reclamado en autos. Explica que la sentencia de la Excma. Corte Suprema, que acoge el recurso de protección versa sobre una apelación recaída contra el fallo de primera instancia de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique en Rol N° 44-2023, en favor de los ex funcionarios don Cristián Méndez Muñoz y don Sergio Cortés Peña en contra la Sección Remuneraciones de la PDI, por el no pago de la asignación de grado efectivo (ítem H0050), por el período anterior al 26 de abril de 2021. Para contextualizar dicho recurso de protección, relata que don Cristián Méndez alegó que sólo le pagaron los montos adeudados desde el 26 de abril de 2021, excluyendo el período anterior. La PDI para sustentar el rechazo de la acción, indicó que la fecha de pago comenzaba a partir de la fecha de emisión del dictamen. Don Sergio Cortés Peña por su parte alegó que no le pagaron lo adeudado, sustentando la PDI para el rechazo de la acción que al haberse acogido a retiro temporal el Sr. Cortes Peña a part
Texto Completo (Preview)
Rancagua dieciocho de julio de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 23 de enero del año 2025, comparece doña Natalia Andrea Aguilar Rodríguez, abogada, en representación de doña Yeissy Orlanda Córdova Vargas, cédula de identidad 13.971.166-1, con domicilio en Pasaje El Quillay S/N, Sector Lo Carreño, San Fernando, y viene en deducir recurso de protección en contra de la Sección de Remuneracione
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica