SIN INFORMACION

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO/ JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE OLMUÉ

Rol

Fecha

18 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, con causa Rol Nº56.147-2025, caratulada “Instituto de Desarrollo Agropecuario con a V.S.I.”, seguida ante el Juzgado de Policía Local de Olmué, comparece don Max Rehbein González, abogado, en representación de la parte demandante, el Instituto de Desarrollo Agropecuario, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 10 de junio del presente año dictada por dicho tribunal, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de apelación deducido por su parte el mismo día 10 de junio de 2025, en contra de la resolución de fecha 4 de junio del año 2025 que rechazo el recurso de reposición interpuesto en contra de la resolución de 28 de mayo de 2025, por la cual el tribunal dispuso “previo a proveer acompáñese el título en que conste la obligación que motiva la demanda ejecutiva dentro de diez días hábiles, bajo apercibimiento de archivar la causa” Señala, que la resolución de fecha 10 de junio, el tribunal declaró inadmisible el recurso de apelación, argumentando que la resolución apelada no pone término al juicio ni hace posible su prosecución, al exigir que se acompañen los títulos originales del crédito para proveer la demanda, lo que impide el curso normal del procedimiento. Sostiene la parte recurrente que la resolución que se impugna vulnera el derecho al debido proceso y el principio de la doble instancia, toda vez que impide la prosecución del juicio ejecutivo sin pronunciarse en derecho conforme a los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil. Además, argumenta que el tribunal no aplicó correctamente la normativa vigente para los juicios ejecutivos, lo que configura una indebida tramitación del proceso. En mérito de lo anterior, el recurrente solicita que se tenga por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 10 de junio y que se declare procedente el recurso de apelación deducido contra la resolución de fecha 4 de junio. A folio 4, informa el Juez del Juzgado de Policía Local de Olmué

Fundamentos

considerando: Primero: Que, conforme al artículo 32 de la Ley N°18.287, el recurso de apelación procede en contra de las sentencias definitivas y de aquellas resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio. A su vez, el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil faculta a la parte agraviada a ocurrir ante el tribunal superior cuando el inferior niega la concesión de un recurso de apelación que ha debido concederse. Segundo: Que, la resolución de 28 de mayo de 2025 ordena acompañar los títulos fundantes de la acción ejecutiva, bajo apercibimiento de archivo, lo cual constituye una amenaza directa de terminación del procedimiento, sin que se haya dictado resolución que se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda ni se haya despachado el correspondiente mandamiento. El archivo bajo apercibimiento configura,

Fallo

por tanto, una resolución que puede poner término al procedimiento. Tercero: Que, el recurso de reposición interpuesto fue rechazado por resolución de 4 de junio de 2025, y contra dicha decisión se dedujo apelación, la cual fue declarada inadmisible por resolución de 10 de junio, sobre la base de que la resolución no sería apelable. Tal fundamentación desconoce el efecto práctico de la resolución recurrida, que en los hechos impide la prosecución del juicio si no se cumple una carga que, según se alegó supuestamente, ya había sido satisfecha. Cuarto: Que, en consecuencia, la resolución recurrida en apelación podía eventualmente poner término al juicio, y su revisión por el superior jerárquico resultaba procedente conforme al artículo 32 de la Ley N°18.287. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley N°18.287, 203 y 441 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido, y en su mérito se tiene por concedido el recurso de apelación deducido por el Instituto de Desarrollo Agropecuario en contra de la resolución de fecha 10 de junio de 2025, dictada por el Juzgado de Policía Local de Olmué. Ofíciese y háganse las comunicaciones que correspondan. N°Policia Local-311-2025. En Valparaíso, dieciocho de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de julio de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, con causa Rol Nº56.147-2025, caratulada “Instituto de Desarrollo Agropecuario con a V.S.I.”, seguida ante el Juzgado de Policía Local de Olmué, comparece don Max Rehbein González, abogado, en representación de la parte demandante, el Instituto de Desarrollo Agropecuario, e interpone recurso d

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