TRANSPORTES TRANSIBERICA LIMITADA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
Fecha
18 de julio de 2025
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Por sentencia dictada con fecha trece de junio de dos mil veinticuatro, en causa RIT I-276-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar, sin costas, la reclamación interpuesta por TRANSPORTES TRANSIBERICA LTDA. en contra de la Resolución de Multa N° 1733/23/23, de fecha 20 de marzo de 2023, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente, manteniéndose la multa impuesta. Contra dicho fallo recurrió la parte reclamante, TRANSPORTES TRANSIBERICA LTDA., por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, la reclamante alega que la sentencia se dictó con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, aduciendo que el
Fallo
fallo recurrió la parte reclamante, TRANSPORTES TRANSIBERICA LTDA., por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, la reclamante alega que la sentencia se dictó con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, aduciendo que el fallo impugnado incurre en una incorrecta valoración de la prueba documental y testimonial rendida, en especial del contenido de los contratos de trabajo de los conductores afectados por la fiscalización, los cuales consagran expresamente su exclusión del límite de jornada, en virtud del artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo. A juicio de la recurrente, el tribunal a quo no ponderó debidamente los elementos de juicio disponibles, asimilando equivocadamente ciertas cláusulas contractuales y mecanismos de control -como reportes por aplicación móvil y cumplimiento de protocolos- a la existencia de una fiscalización superior inmediata, desconociendo el criterio sostenido reiteradamente por la Dirección del Trabajo, que exige para dicha figura la concurrencia copulativa de juicio crítico, jera
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil veinticinco. Visto: Por sentencia dictada con fecha trece de junio de dos mil veinticuatro, en causa RIT I-276-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar, sin costas, la reclamación interpuesta por TRANSPORTES TRANSIBERICA LTDA. en contra de la Resolución de Multa N° 1733/23/23, de fecha 20
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