SALDÍVAR SALDÍVAR/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
17 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DESESTIMADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Alejandra Lorena Saldívar Saldívar, cédula nacional de identidad N°13.476.793-6, en representación de su hija Abigail Alday Saldívar, de 20 años de edad, quien dedujo recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., y de la Superintendencia de Salud, por vulneración de derechos fundamentales debido a omisiones ilegales y arbitrarias en la atención en salud mental, solicitando, se ordene a la Isapre recurrida autorizar de inmediato la derivación de la paciente a un centro de salud psiquiátrico local; que se garantice la atención psiquiátrica y psicológica continua, presencial y con suministro de medicamentos, asegurándose un plan de seguimiento integral; que la Isapre asuma el costo monetario de hospitalización en UTI del Hospital Militar, por la negligencia en la garantía de oportunidad y la demora en la gestión solicitada; y, que la Superintendencia de Salud adopte las medidas inmediatas y efectivas de fiscalización y sanción. Informaron las recurridas al tenor del recurso de autos. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Señala la recurrente, que su hija ingresó al Hospital Regional Herminda Martin de Chillán el 12 de abril del presente año, donde fue hospitalizada por ideación suicida por depresión, informándosele a Isapre Colmena para la activación del GES, además de solicitar el rescate y traslado a la ciudad de residencia. Para ello, se acercó el día 14 a las oficinas de la recurrida en la ciudad de Chillán, exhibiendo el certificado con el diagnóstico entregado por la doctora que indica, dónde se solicitaba cama clínica en Antofagasta y activación GES; volvió a concurrir el día 16, ya que en el hospital le dijeron que su hija era de Isapre y
Fallo
por tanto debía ser atendida en dicho sistema, sin obtener respuesta; no obstante, una funcionaria le indicó que no se había realizado la activación GES el día 14, por lo que comenzó la tramitación y llamados telefónicos para solicitar atención. Hace presente que, en esa misma ocasión concurrió ante la Superintendencia de Chillán a fin de solicitar ayuda en atención al complejo estado de salud de su hija, quien sentía mucho miedo del lugar pidiéndole que la sacara, por lo que, considerando que ya había transcurrido 7 días desde su hospitalización, y debido al feriado largo que se aproximaba, solicitó el alta médica; ocasión en que la Isapre no había activado el rescate médico, ni asignado de manera oportuna un prestador GES, lo que motivó un reclamo ante la Superintendencia. Luego, el 21 de abril acudió a las dependencias de la Isapre en la ciudad de Antofagasta a fin de solicitar atención médica psiquiátrica para su hija, conversando con el jefe de sucursal, quien le dijo que realizaría la gestión pertinente, pero que en la ciudad no contaban con psiquiatra, siendo la única opción la hospitalización en Santiago. Acto seguido, los primeros días de mayo la contactaron desde Santiago, informándole que había un cupo para la hospitalización de la protegida por lo que debía presentarse en el CETEP, a lo que respondió no ser viable debido a la distancia, gastos y por no contar con redes de apoyo en dicha ciudad. Producto de lo anterior, refiere haber viajado hasta Santiago, diri
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/jvz Antofagasta, a diecisiete de julio de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Alejandra Lorena Saldívar Saldívar, cédula nacional de identidad N°13.476.793-6, en representación de su hija Abigail Alday Saldívar, de 20 años de edad, quien dedujo recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., y de la Superintendencia de Salud, por vulneración de derechos fundamen
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