DÍAZ ANDRADE MARIA / FISCO-TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CHILE
Rol
Fecha
17 de julio de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes acompañados en esta instancia, de los que se desprende que la Tesorería General de la República declaró la prescripción de la deuda de autos, en virtud de lo dispuesto en el artículo décimo cuarto de la Ley N°21.713 y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se omite pronunciamiento acerca de este recurso de apelación en contra de la sentencia de quince de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel, en la causa RIT C-6021-2023, por haber perdido oportunidad, tanto el recurso como la acción declarativa de prescripción de la acción de cobro, lo que así fue reconocido en audiencia por el apoderado de la recurrente. Regístrese y devuélvase. N° Civil-586-2025
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel San Miguel, diecisiete de julio de dos mil veinticinco Al folio 25: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes acompañados en esta instancia, de los que se desprende que la Tesorería General de la República declaró la prescripción de la deuda de autos, en virtud de lo dispuesto en el artículo décimo cuarto de la Ley N°21.713 y de conformidad, además, con lo
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