MINISTERIO PUBLICO C/ CESAR ANTONIO CAVIEDES GOMEZ
Rol
Fecha
17 de julio de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En causa RUC N°2401205297-5, RIT 56-2025, del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por sentencia de dieciséis de mayo de dos mil veinticinco, se condenó al acusado César Antonio Caviedes Gómez al cumplimiento efectivo de la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de robo con violencia, cometido el día 07 de octubre de 2024 en la comuna de Macul, en esta ciudad, debiendo considerársele como abono los días que permaneció ininterrumpidamente privado de libertad por esta causa, esto es, desde el 7 de octubre de 2024, según consta del auto de apertura de juicio oral. En contra de esa decisión la defensa del acusado interpuso recurso de nulidad, el que fue conocido en la audiencia pública celebrada el primero de julio de dos mil veinticinco, disponiéndose -luego de la vista- la lectura del fallo para este día. OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad deducido en autos por la defensa del acusado se funda como primera causal, en la prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 432, 436 y 439, todos del Código Penal. Expone el impugnante que el
Fallo
fallo para este día. OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad deducido en autos por la defensa del acusado se funda como primera causal, en la prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 432, 436 y 439, todos del Código Penal. Expone el impugnante que el fallo ha infringido el principio de razón suficiente, al dar por acreditado más allá de toda duda razonable la responsabilidad penal de su representado, infringiendo con ello los principios de la lógica y vulnerando el límite de valoración de la prueba establecido en nuestro sistema de sana crítica. Refiere que la falta de corroboración no hace posible arribar más allá de toda duda razonable a que su representado haya cometido un robo con violencia respecto de la víctima, ya que, con la prueba de cargo presentada en juicio, esto es, la declaración de la víctima más el relato del testigo Yoan Huenchucona y el relato de su representado, no era posible dar por establecido que los hechos fueron constitutivos de un delito de robo con violencia, sino más bien, lo único que se corroboró fue la existencia de un delito de robo por sorpresa. Para demostrar lo anterior, transcribe parte del considerando sexto del fallo recurrido, considerando en el que el tribunal consigna el relato de la víctima, señalando al efecto “que el lunes 7 de octubre de 2024 se dirigía a una entrevista de trabajo y llegó al metro las Torres, llevaba su celul
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticinco. VISTOS: En causa RUC N°2401205297-5, RIT 56-2025, del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por sentencia de dieciséis de mayo de dos mil veinticinco, se condenó al acusado César Antonio Caviedes Gómez al cumplimiento efectivo de la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, y a las accesorias
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica