1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN BERNARDO

AGRICOLA CARLOS JAVIER BERRÍOS INOSTROZA E.I.R.L. / CASTRO GUAJARDO ANDREA. ACUMULADO INGRESO DE CORTE N°181-2025 CIVIL

Rol

Fecha

17 de julio de 2025

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: I. Respecto del Rol N°867-2024 Civil: Primero: Que esta Corte comparte los argumentos esgrimidos por el tribunal a quo, al rechazar el incidente de nulidad de todo lo obrado. II. Respecto del Rol N°181-2025 Civil: Segundo: Que la parte demandada pretende la modificación de los puntos 1 y 2 de la resolución que recibió la causa a prueba y la agregación de un tercer punto. Tercero: Que, del tenor de los escritos de discusión, es posible determinar que resulta procedente la modificación del primer punto de prueba, en la forma en que se dirá en lo resolutivo, y la agregación de un tercer punto de prueba del tenor solicitado por la recurrente. En cambio, respecto del punto N°2 fijado por el tribunal, este aparece acorde a la controversia de autos. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: I. Se confirma la resolución apelada de quince de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, en la causa RIT C-4267-2023. II. Se revoca la resolución de veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro, folio 35, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, en la causa RIT C-4267-2023, sólo en cuanto se sustituye el punto N°1 de prueba por el siguiente: “Efectividad de existir un contrato entre las partes, en la afirmativa, naturaleza de este y estipulaciones”; y se agrega un tercer punto de prueba, del siguiente tenor: “Efectividad de haber ocurrido un incendio en la propiedad arrendada y que este fue por culpa o responsabilidad de la demandada. En la afirmativa, circunstancias y pormenores de este”. III. Se confirma, en lo demás, la resolución indicada en el numeral anterior. Devuélvase. N°867-2024 Civil (Acum N°181-2025 Civil).

Fallo

se declara que: I. Se confirma la resolución apelada de quince de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, en la causa RIT C-4267-2023. II. Se revoca la resolución de veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro, folio 35, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, en la causa RIT C-4267-2023, sólo en cuanto se sustituye el punto N°1 de prueba por el siguiente: “Efectividad de existir un contrato entre las partes, en la afirmativa, naturaleza de este y estipulaciones”; y se agrega un tercer punto de prueba, del siguiente tenor: “Efectividad de haber ocurrido un incendio en la propiedad arrendada y que este fue por culpa o responsabilidad de la demandada. En la afirmativa, circunstancias y pormenores de este”. III. Se confirma, en lo demás, la resolución indicada en el numeral anterior. Devuélvase. N°867-2024 Civil (Acum N°181-2025 Civil).

Texto Completo (Preview)

C.A. de San Miguel San Miguel, diecisiete de julio de dos mil veinticinco Vistos: I. Respecto del Rol N°867-2024 Civil: Primero: Que esta Corte comparte los argumentos esgrimidos por el tribunal a quo, al rechazar el incidente de nulidad de todo lo obrado. II. Respecto del Rol N°181-2025 Civil: Segundo: Que la parte demandada pretende la modificación de los puntos 1 y 2 de la resolución que recibi

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