JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP C/ JAIME ANDRÉS MALDONADO SEPÚLVEDA. (RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N° 20.253).

Rol

Fecha

17 de julio de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto durante la audiencia, aparece que la necesidad de cautela se satisface con las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, decretadas por el juez a quo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de dieciséis de julio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo. Se previene que el ministro Señor Farías fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, con declaración de imponer además, la medida cautelar prevista en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, en su modalidad de nocturna. El tribunal a quo dispondrá lo pertinente para cumplir lo resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2331-2025 Penal.

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San Miguel, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Sala Rol Corte: 2331-2025 Penal. RIT: 6835-2025 RUC: 2500979240-9 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Relator: Christian Vera Lobos. Caratulado: MP C/ JAIME ANDRÉS MALDONADO SEPÚLVEDA. Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Materia: Robo con intimidación. San Miguel, diecisiete de julio de dos mil veinticinco. Vistos y

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