SIN INFORMACION

FIERRO ROSAS ALEX RICARDO/JUZGADO DE GARANTÍA DE VILLA ALEMANA

Rol

Fecha

17 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece el abogado de la Defensoría Penal Pública don Matías Bustos Tapia, quien interpone recurso de amparo en favor de don Alex Ricardo Fierro Rosas, imputado en causa RIT 220-2024 ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, y en contra de la resolución dictada por este último el ocho de julio del presente año que dispuso la reapertura de la investigación, lo que afecta sus garantías fundamentales. Sostiene que en los referidos autos se interpusieron querellas en contra del amparado con fecha 27 de septiembre de 2023 por la Defensoría de la Niñez, y el 28 de febrero 2024 por la querellante particular, por lo que se decretaron diversas diligencias investigativas, y se le impuso al actor la medida de arraigo y otras cautelares. Precisa que el 18 de marzo de 2024 el amparado y otros querellados fueron formalizados por los delitos de abuso sexual a menor de 14 años, maltrato corporal relevante y amenazas condicionales, en contra de los niños Esteban, Pascal y Alonso, siendo reformalizado el 5 de septiembre del mismo año, actuación que quedó sin efecto en virtud de sentencia definitiva dictada por esta Ilustrísima Corte de Apelaciones que acogió un recurso de amparo interpuesto a favor del actor. Indica que paralelamente, en causa RIT 2162-2024, con fecha 30 de octubre de la misma anualidad, el Juzgado de Garantía formalizó al amparado por el delito de abuso sexual a menor de 14 años en perjuicio de los niños Martín, Franco, Antuán, Evans y Esperanza, y respecto de Martín además por el delito de maltrato corporal relevante, y finalmente por un delito de almacenamiento de material pornográfico infantil, fijándose un plazo de investigación de 90 días, oportunidad en que también se solicitó la agrupación de esta causa a los autos RIT-220-2024, por tratarse del mismo imputado. Añade que en autos RIT-240-2025 del mismo tribunal, el amparado fue formalizado el 10 de marzo de 2025 por el delito de violación a menor de 14 años, en perjuicio del niño E

Fundamentos

motivos que detalla, particularmente que, aun cuando la investigación formalizada lleva largo tiempo, se trata de una causa que tiene ocho víctimas menores de edad, lo que torna complejas sus declaraciones, y que está pendiente la pericia del computador del imputado a efectuar por LACRIM Central de Santiago, la que resulta esencial por cuanto uno de los delitos investigados es el de almacenamiento y obtención de material pornográfico infantil. Finalmente afirma que se cerró la investigación el 19 de junio del presente año. A folio 5, se traen los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, por medio del presente recurso de amparo se tilda de ilegal la resolución de ocho de julio del año en curso, por medio de la cual el Juzgado de Garantía de Villa Alemana ordenó la reapertura de la investigación en autos RIT 220-2024 y se amplió el plazo de cierre de la investigación en 45 días. Tercero: Que, de acuerdo con los antecedentes que obran en los referidos autos del tribunal recurrido, es posible tener por establecido que en la etapa procesal respectiva se ordenaron diligencias investigativas que no fueron evacuadas dentro del plazo de la investigación, entre las cuales se encuentra todavía pendiente la pericia del computador y otros dispositivos electrónicos del imputado, la que, según consta, fue reiterada por la querellante particular en la audiencia de reapertura de la investigación, pericia que el Ministerio Público también estima pendiente y particularmente relevante, atendido que uno de los delitos imputados es el de almacenamiento y obtención de material pornográfico infantil. Cuarto: Que, en consecuencia, en la dictación de la resolución de ocho de abril del año en curso el tribunal recurrido no ha infringido lo dispuesto en el artículo 247 del Código Procesal Penal, pues tal como se dijo, existen diligencias pendientes, las que fueron ordenadas oportunamente durante la investigación y, que además, no se halla expirado el plazo consagrado en la norma antes aludida, todo lo cual conlleva al rechazo del presente recurso de amparo.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de don Alex Ricardo Fierro Rosas, en contra del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2482-2025.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de julio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece el abogado de la Defensoría Penal Pública don Matías Bustos Tapia, quien interpone recurso de amparo en favor de don Alex Ricardo Fierro Rosas, imputado en causa RIT 220-2024 ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, y en contra de la resolución dictada por este último el ocho de julio de

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